El conflicto entre la administración de Clínica Las Condes y el cuerpo médico de ese centro de salud, sigue escalando. Y es que en el marco de la disputa legal que mantiene hoy día enfrentadas a las partes, CLC decidió suspenderle el uso de las instalaciones a parte del equipo de profesionales con los que mantiene la controversia.

La razón detrás de esto, explican los abogados representantes de CLC, Sebastián Oddo Gómez y Martín Coronado Atenas, tiene que ver con el incumplimiento del pago del arriendo por segunda vez consecutiva. “Todo ello sin contar con un acuerdo de CLC que avale el no pago y, asimismo, sin encontrar dicha conducta asidero en la orden de no innovar decretada", añade el documento presentado ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

En este sentido, prosigue argumentando que son 155 los profesionales médicos los que incumplieron con sus obligaciones de pago de la renta de arrendamiento “al haber objetado ante el Servicio de Impuestos Internos 176 facturas ascendentes a $184 millones”.

Es, de hecho, por esa misma razón que en una información de interés enviada la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que la administración de Clínica Las Condes decidió que a partir de este martes los bloques de consulta reservados por esos 155 médicos -de los 1.092 que hay en el centro de salud-, "no les estarán disponibles, así como tampoco lo estará la agenda para reserva de pabellones o salas de procedimientos distintos a los ya agendados a esta fecha”.

Ante esto, del lado del cuerpo médico poco tardaron en replicar a los argumentos de CLC. En un comunicado, su Comité Ejecutivo denunció que “la administración de CLC ha amenazado con bloquear nuestras agendas médicas a contar de esta semana, lo cual perjudica directamente nuestros pacientes y es riesgoso desde el punto de vista de salud de las personas, más que nunca en tiempos de pandemia”.

Por eso mismo es que afirmaron que repudiaban la acción de la administración “que escapa de toda lógica legal y del cuidado de la salud de los pacientes, que debe ser en todo momento la prioridad”, dice la carta.

Pero además de eso, dijeron que la acción de la administración transgredía el orden de No Innovar decretado por la Corte de Apelaciones de Santiago y que aún está vigente. En términos prácticos, este dictamen de la justicia lo que hace es que deja paralizada la intención de CLC por cambiar el contrato marco de arrendamiento hasta tanto no se dilucide el proceso legal que se mantiene en pie hoy día.

Sin embargo, y en una especie de anticipo a la postura del cuerpo médico, la administración se adelantó, y en los antecedentes consignados más temprano ante la justicia, alegó “que la orden de no innovar decretada en autos no ampara incumplimientos contractuales como los descritos”.

Lo anterior, por cuanto argumentan “el efecto suspensivo de dicha orden únicamente recae sobre la terminación de los contratos de arrendamiento, no sobre el pago de las rentas, especialmente si ellas se devengaron en forma previa a la interposición del recurso de protección”, señala el documento.