Fue el mes pasado cuando la Superintendencia de Pensiones (SP) y la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) dieron a conocer que detectaron una serie de irregularidades en el Sistema de Consultas de Ofertas y Montos de Pensión (SCOMP), plataforma electrónica donde se realiza el proceso de intermediación y venta de rentas vitalicias y retiro programado.

En ese momento, la CMF señaló que propondría "a las autoridades correspondientes cambios más profundos al sistema antes mencionado, en el contexto de la discusión de la reforma previsional". Esta semana la Comisión no sólo cumplió su palabra, sino que, además, aplicó una de las nuevas atribuciones que le entregó la Ley N°21.000: envió un documento al Ministerio de Hacienda, para que le proponga al Presidente de la República, una iniciativa legislativa de siete páginas para reformar el SCOMP.

El regulador apunta a que los mismos usuarios puedan ingresar al SCOMP y generar sus solicitudes de oferta directamente, a diferencia de lo que ocurre actualmente, donde sólo pueden ser hechas por las AFP, compañías de seguros y asesores previsionales. Así, la CMF recomienda que se realice una aplicación adaptada especialmente para los pensionables, que sea simple y autoexplicativa.

Además, propone bajar a la mitad la comisión que ganan los asesores previsionales y agentes de ventas de rentas vitalicias por su rol de intermediación, desde la comisión máxima actual de 2% de los fondos de la cuenta de capitalización individual del afiliado, a 1%, y desde el tope de UF60, a un tope de UF30.

Si bien la norma actual dice que la CMF y SP deben regular y fiscalizar la actividad de asesoría previsional, la Comisión recomienda que esta labor la cumpla sólo la SP, para hacer "más eficiente la administración del registro de asesores previsionales". En esa línea, también propone que se faculte a la SP para establecer requisitos de idoneidad profesional a los asesores previsionales.

Uno de los cambios importantes que trae la propuesta de la CMF, es respecto a los beneficiarios legales de pensión. Al respecto, apunta a establecer igualdad de los porcentajes de pensión y requisitos del conviviente civil al cónyuge.

Propone incorporar la obligación del Registro Civil de emitir certificados de beneficiarios de pensión no fallecidos (cónyuge, conviviente civil, hijos, entre otros). Lo anterior, porque "permitiría conocer los reales beneficiarios de un causante", para evitar que los afiliados no declaren a sus beneficiarios para recibir mayor pensión, entre otros motivos.

Por otro lado, la propuesta de la CMF apunta a eliminar la oferta externa y el remate de la pensión como etapa de proceso en SCOMP.