CMF interviene Sartor: revoca autorización para operar de su AGF y nombra liquidador
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) revocó la autorización de existencia de Sartor Administradora General de Fondos S.A., tras detectar graves irregularidades en su modelo de negocio y conflictos de interés que vulneraron las leyes financieras y perjudicaron a los aportantes. En su resolución, el regulador reveló que CrediCorp Capital presentó una denuncia contra Sartor AGF por supuestamente desviar las inversiones de fondos mutuos peruanos hacia otros fondos.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) resolvió revocar la autorización de existencia de Sartor Administradora General de Fondos S.A., una decisión adoptada en la Sesión Ordinaria N°423 de realizada ayer jueves y formalizada mediante la Resolución Exenta N°12118.
El regulador identificó graves irregularidades en el modelo de negocio y la gestión de los fondos administrados por Sartor AGF, las cuales afectaron los intereses de los aportantes y la estabilidad del mercado financiero. Según lo señalado en el documento, “la administración se ha llevado en forma manifiestamente negligente”, justificando la revocación de la autorización en virtud del artículo 19 de la Ley Única de Fondos.
En su resolución, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) reveló que CrediCorp Capital presentó una denuncia contra Sartor AGF por supuestamente desviar las inversiones de fondos mutuos peruanos hacia otros fondos que administra (Táctico, Táctico Internacional, Leasing y Proyección). Según la denuncia, estos recursos habrían sido utilizados para financiar rescates de dichos fondos y para beneficiar a empresas relacionadas al grupo Sartor, como Emprender Capital Perú S.A. y Mikopo S.A., las cuales están vinculadas al directorio y a los accionistas mayoritarios de Sartor AGF.
El análisis del regulador evidenció irregularidades graves, incluyendo un incremento de la exposición en pagarés con sociedades vinculadas de US$54 millones a US$86 millones, y una falta de transparencia por parte de Sartor AGF, quien no reportó dichas inversiones como vinculadas. Además, la administradora incumplió con el plan de pago de estas sociedades, lo que intensifica las preocupaciones sobre el manejo de los riesgos crediticios que enfrentan los aportantes.
La revocación de la autorización de existencia de Sartor Administradora General de Fondos se produce luego que la gestora acudiera a tribunales e interpusiera el pasado miércoles un recurso de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago, caificando de “corralito” las medidas impuestas por la autoridad para la administración de sus fondos.
El pasado 15 de noviembre, la CMF emitió la Resolución Exenta N°10.614, donde ordenó congelar los aportes de los fondos administrados por Sartor y que la firma se abstenga de realizar inversiones directas o indirectas en instrumentos, contratos y bienes emitidos por personas relacionadas a la firma o a sus directores o accionistas. Y el 6 de diciembre, mediante la Resolución Exenta N°11.411, ratificó la decisión al rechazar un recurso de reposición de la administradora contra la medida administrativa.
El regulador detalló que el modelo de negocios de Sartor AGF estaba basado en inversiones directas o indirectas en instrumentos emitidos por personas relacionadas con los directores y accionistas mayoritarios de la administradora. Este esquema, indicó la CMF, vulneró los principios de imparcialidad y cuidado fiduciario que deben regir la administración de fondos. Según el documento, “se evidenció un modelo de negocio consistente en la inversión directa o indirecta en instrumentos emitidos por personas relacionadas a los directores y accionistas mayoritarios de la Administradora”.
La autoridad concluyó que esta práctica infringió lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley Única de Fondos, que exige que las decisiones de inversión se realicen exclusivamente en beneficio de los aportantes.
La auditoría realizada también reveló un conjunto de incumplimientos normativos graves. Entre las observaciones más relevantes se encuentra la falta de un manejo adecuado de los riesgos de liquidez y de crédito en las carteras administradas, lo que comprometió la capacidad de responder a las solicitudes de rescate en los plazos establecidos. Además, la CMF señaló que Sartor AGF operaba bajo un modelo de negocios opaco, caracterizado por inversiones circulares y complejas que dificultaban la trazabilidad de los activos. En el documento se detalla que “las situaciones descritas tienen el potencial de generar una redistribución de la riqueza dentro de los fondos, en donde los aportantes que rescatan primero podrían obtener un mayor beneficio o sufrir menos pérdidas, mientras que los que permanecen podrían asumir los costos”.
Uno de los puntos más críticos fue la acumulación de deudas impagas por un monto superior a $59.000 millones, provenientes de sociedades vinculadas a los directores y accionistas de Sartor AGF. Esta situación, sumada a un alto volumen de solicitudes de rescates de cuotas de los fondos, generó una presión insostenible para la administradora. Entre el 15 de noviembre y el 3 de diciembre de 2024, se registraron rescates que representaron el 34% de los activos totales gestionados. Como resultado, la CMF explicó que “el alto volumen de los rescates solicitados conlleva, necesariamente, la venta de activos relevantes de fondos concentrados en deuda privada —que por su naturaleza son ilíquidos—, para obtener la liquidez requerida en los plazos establecidos en los reglamentos de los fondos rescatados”.
Resolución
Ante la gravedad de los hechos, la CMF decidió revocar la autorización de existencia de Sartor AGF y designó a Fernando Pérez Jiménez como liquidador. Este asumirá el control de los bienes de la administradora y deberá presentar un informe detallado al término de su gestión. En el texto se enfatiza que “el liquidador tendrá todas las facultades necesarias para la adecuada realización del patrimonio de la Administradora y las necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 26 de la Ley Única de Fondos”.
La resolución subraya que todas las acciones de la CMF se realizaron dentro del marco legal y con el único objetivo de proteger el interés de los aportantes y la estabilidad del mercado financiero. A pesar de que Sartor AGF presentó argumentos en su defensa, alegando “hostigamiento y agravios” por parte de la CMF, no logró aportar nuevos antecedentes que modificaran las conclusiones de la auditoría ni refutar las acusaciones principales. La administradora cuestionó el estándar utilizado para calificar su administración como negligente, señalando que “a lo que más puede aspirar la CMF es a lograr un caso de supuesto riesgo eventual de administración poco diligente”. Sin embargo, la autoridad reiteró que su actuación se enmarca en las facultades conferidas por la ley.
Según el documento, las medidas adoptadas buscan proteger el interés público, ya que las “graves conductas” descritas afectan la confianza de los aportantes y la credibilidad en el mercado en general.
Perfil
Fernando Pérez es abogado y magíster en Derecho Penal, con mención en Derecho Penal Económico, de la Universidad de Chile, y actual Director de la Dirección de Reclamaciones de Clientes Financieros de la CMF.
Comenzó su carrera como abogado de la Fiscalía de Seguros de la ex Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) en 1986.
Ya en la década del 2000, lideró el Área de Protección al Inversionista y al Asegurado, donde se mantuvo hasta el proceso de integración entre la SVS y la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF).
Así, en 2021 asumió su actual cargo de Director en la Dirección de Reclamaciones de Clientes Financieros de la CMF, donde se gestionan presentaciones y reclamaciones y se lleva a cabo la supervisión relacionada a productos y servicios de clientes financieros, entendido como asegurados, depositantes, inversionistas y clientes en general.
Cabe destacar que, en 2003, Fernando Pérez fue designado como interventor de la empresa de seguros de vida Le Mans, perteneciente al consorcio Inverlink, según lo dispuso el ex Superintendente de la SVS de dicho año.
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