CMF suspende la oferta pública, transacción y cotización de las cuotas de los fondos administrados por Sartor AGF en bolsas
La decisión se adoptó tras recibir un hecho esencial del liquidador de la administradora.
La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) informó que la presidenta del organismo, Solange Berstein, suspendió la oferta pública, transacción y cotización de las cuotas de los fondos administrador por Sartor AGF en bolsas de valores, sociedad en proceso de liquidación. La medida estará vigente por 30 días o hasta que la administradora logre valorizar correctamente el patrimonio de los fondos.
La decisión se adoptó tras recibir un hecho esencial del liquidador de la administradora, en el que señaló que “se ha detectado que, en las carteras de algunos Fondos administrados, podrían existir deterioros significativos en la valorización estimada por la anterior administración de la AGF. Aunque estos deterioros aún no han sido debidamente cuantificados, la Administradora está tomando las medidas necesarias para establecer adecuadamente su alcance”.
En la resolución exenta del organismo, se estableció además que “lo antes expuesto implica que los inversionistas, accionistas y mercado en general no cuentan con información veraz, suficiente y oportuna sobre el patrimonio de los fondos administrados por esta sociedad y, por ende, sobre la correcta valorización de los fondos”.
Y se entregan además más detalles que llevaron a la presidenta de la CMF, a tomar la decisión de suspender la cotización y transacción de los fondos.
“Lo anterior da cuenta de una situación grave y urgente, pues -a la fecha- la información financiera de los fondos administrados por la entidad no sería adecuada para la cotización o transacción de esas cuotas como valores de oferta pública, por lo que para la protección del interés público y los inversionistas, hace necesaria la adopción de la medida de suspensión provisional de la oferta, cotización y transacción de las cuotas de los fondos de la entidad conforme a lo prescrito en el artículo 14 de la Ley N°18.045″, dice la resolución.
La administradora tiene un plazo de 10 días hábiles para presentar un reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago.
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