CMF y Banco Central suman medidas para promover créditos a personas y empresas
La Comisión para el Mercado Financiero anunció cambios a los requerimientos que hacen a los bancos, con el objetivo de facilitar la entrega de préstamos. Esto se complementó con el tercer paquete de acciones adoptadas por el ente rector. El sector privado valoró las medidas.
Varios actores del mercado esperaban que la Comisión para el Mercado Financiero adoptaran medidas en medio de esta crisis del coronavirus. Y el anuncio llegó el lunes a primera hora: la CMF publicó un comunicado donde dice que evalúa postergar la implementación de Basilea III y anunció un paquete de medidas para facilitar el flujo de crédito a empresas y hogares.
“El Consejo de la CMF estima que se trata de flexibilizaciones de carácter transitorio que es posible adoptar en cuanto no debilitan la solvencia y liquidez de mediano plazo de las instituciones”, señaló la el organismo.
“Sin perjuicio de lo anterior, es de suma importancia que los bancos mantengan adecuadas políticas de gestión de riesgo y establezcan políticas prudentes de reparto de dividendos, en función de la exposición y riesgos que enfrentan en la nueva coyuntura. Es responsabilidad de los gobiernos corporativos de cada entidad garantizar que ello ocurra”, agregó el regulador.
En concreto, la CMF anunció cinco medidas: una excepción regulatoria en la constitución de provisiones que facilita la posibilidad de postergar hasta tres cuotas en el pago de los créditos hipotecarios; facilidades para que los bancos flexibilicen los plazos de los créditos a los deudores pymes hasta seis meses, sin que ello sea considerado una renegociación; la posibilidad de utilizar excedentes de garantía hipotecaria para garantizar créditos a pymes; la autorización de manera excepcional de una extensión de 18 meses en el plazo que tienen los bancos para la enajenación de bienes recibidos en pago; y una modificación al tratamiento del monto en efectivo que los bancos deben constituir en garantía para el margen de variación de operaciones de derivados compensadas bilateralmente. Con ello habría una reducción relevante del cargo de capital asociado a los contratos de derivados, con lo que se estimula su uso, precisamente, en períodos de mayor volatilidad del tipo de cambio.
¿Y Basilea?
Sobre una eventual postergación de Basilea III, la CMF dijo que este año tendrá emitidas todas las normas de esta regulación, siguiendo el calendario trazado para ello, que contempla un período gradual de implementación desde el 1 de diciembre de este año hasta diciembre de 2024. Sin embargo, también reconoció que el Consejo de la Comisión está revisando el proceso de implementación de dichos estándares, contando con la capacidad normativa para flexibilizar la gradualidad de ciertos componentes de su implementación.
En ese sentido, agregaron que “dadas las actuales circunstancias, el Consejo de la Comisión revisará la fecha en que se implementarán las normas a objeto de evitar que se acentúen los efectos negativos del actual ciclo económico, comunicando su decisión en el corto plazo”.
Banco Central también
Pero no sólo la CMF anunció novedades, el Banco Central este lunes entregó los detalles del paquete de medidas que había anunciado el lunes pasado para entregar liquidez a la economía, apoyar el flujo de crédito y la transmisión de la política monetaria. Pero también hubo nuevas medidas, concretando el tercer anuncio en ocho días.
Lo nuevo que informó el BC vino de la mano del anuncio que hizo la CMF, pues detalló que hará una flexibilización de requerimientos de liquidez para las empresas bancarias. En concreto, se modificará el Compendio de Normas Financieras del BC para considerar expresamente que en situaciones de emergencia nacional u otros casos excepcionales graves (situaciones de contingencia), el Consejo del Banco Central de Chile podrá determinar a su juicio exclusivo la flexibilización o suspensión de la aplicación de los límites establecidos, ya sea para los descalces de plazo, en base contractual o ajustada; y/o para la medición sujeta a límite normativo de la razón de cobertura de liquidez (LCR, por su sigla en inglés).
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