La crisis que está viviendo el Poder Judicial es preocupante.
De acuerdo con una reciente edición de la encuesta Plaza Pública de Cadem, el 92% de las personas está insatisfecha con su funcionamiento.
En este contexto, hace algunas semanas, el gobierno presentó un proyecto de ley que busca reformar el proceso de nombramientos de jueces y ministros. Una iniciativa que, según afirmó el Ejecutivo, se trata de “la mayor transformación en el Poder Judicial de las últimas tres décadas”.
Actualmente, todos los jueces son elegidos por el Presidente de la República, a partir de una terna que elabora la Corte de Apelaciones respectiva. Para el caso de un ministro de Corte de Apelaciones, la terna es elaborada por la Corte Suprema. Para el nombramiento de un ministro de Corte Suprema, la misma Corte presenta una quina y el Presidente de la República propone un candidato que puede ser aprobado o rechazado por el Senado.
La necesidad de reformar el sistema de nombramiento de jueces en Chile ha sido un tema recurrente en el debate político y académico. Y es que la independencia judicial es un eje fundamental del debido proceso, la cual se garantiza, según la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a través de un proceso de nombramiento adecuado, en base a méritos y capacidades, una duración establecida en el cargo, una garantía contra presiones externas y la separación de los poderes públicos.
Las propuestas que han surgido en nuestro país se han centrado en trasladar la responsabilidad del nombramiento judicial desde la Corte Suprema y las Cortes de Apelaciones hacia un órgano independiente. En 2021, el gobierno del expresidente Sebastián Piñera presentó una iniciativa para la creación de la Comisión Nacional de Nombramientos Judiciales. Luego, en el marco de los procesos constitucionales de los años 2022 y 2023, se propuso la creación de un organismo autónomo. Este año un grupo transversal de académicos de distintas universidades del país planteó una fórmula. Asimismo, en julio pasado, la Corte Suprema presentó al gobierno una propuesta para reformar el sistema.
En la misma línea, el proyecto del gobierno propone la creación de un Consejo de Nombramientos Judiciales que tendrá por función la propuesta de ternas jerarquizadas de candidatos como resultado de procesos fundados en principios de carácter objetivo, técnico y profesional, de independencia y no discriminación, en base al mérito y mediante mecanismos de oposición efectiva.
Este órgano autónomo estará compuesto por cinco integrantes: un ministro de la Corte Suprema, un ministro de la Corte de Apelaciones, un juez letrado, un representante designado por el Consejo de Rectores de las Universidades chilenas y un abogado de reconocida trayectoria profesional y académica designado por el Presidente de la República, previa propuesta del Consejo de Alta Dirección Pública. Dichos integrantes desempeñarán su cargo por cinco años, sin posibilidad de reelección. El proyecto también elimina la superintendencia directiva, correccional y económica que la Corte Suprema actualmente tiene de todos los tribunales de la nación, excluidos el Tribunal Constitucional y la justicia electoral y crea un órgano autónomo encargado de la administración y gestión de los recursos judiciales.
Además, la iniciativa propone eliminar la institución de los abogados integrantes “para evitar las situaciones de conflicto de interés que se dan por el ejercicio de la profesión” y establece que la función jurisdiccional sólo puede ser ejercida por quienes sean investidos formalmente como jueces de la República. En cuanto a su tramitación, el proyecto se encuentra en su primer trámite constitucional en la Cámara de Diputados, con suma urgencia.
Ya hay voces que cuestionan la conformación del Consejo y su falta de carácter resolutivo. En efecto, 3 de sus integrantes -el ministro de la Corte Suprema, el ministro de la Corte Apelaciones y el juez letrado- deberán abandonar sus funciones jurisdiccionales durante 5 años para conformar el Consejo. Respecto al sistema de nombramiento, el proyecto sólo elimina la participación de las Cortes en la elaboración de las ternas, pero la decisión sigue siendo del Presidente de la República, lo cual puede prestarse para presiones indebidas. Como todos los proyectos de ley, éste también es perfectible durante su discusión legislativa, sin embargo, en lo medular, contribuye a mejorar la transparencia en el proceso y a reducir la influencia política en el nombramiento de jueces y nominación de ministros y fiscales judiciales. Recuperar la confianza ciudadana en el Poder Judicial es clave en cualquier democracia y se deben desplegar todos los esfuerzos que apunten en esa dirección.