Un paso adelante dio el gobierno con su proyecto de ley que modifica el Mecanismo de Estabilización del Precio de los Combustibles (Mepco) para evitar fluctuaciones semanales, y que extiende el beneficio de reintegro parcial del impuesto específico a los combustibles para transportistas de carga.
Pese a los reparos de los diputados de oposición por no incluir en el congelamiento del precio a las bencinas, la imitativa avanzó y se despachó a la sala de la Cámara de Diputados.
Si bien en una primera instancia el gobierno había incorporado solo el diésel en esta nueva fórmula de estabilización de los precios, según lo acordado con los gremios de camioneros en medio de la movilización del sector de hace unas semanas, ahora, de acuerdo con la iniciativa, esto se extendió también a las bencinas, aunque con tratamientos distintos.
En concreto, la iniciativa mantiene el precio del diésel congelado por 120 días -cuatro meses- y el mecanismo solo operará para evitar incrementos del precio, mientras que si hubiese bajas en dicho período, estas se traspasarían. Del mismo modo, el mecanismo permanente consideraría aumentos máximos de $15, cada 21 días, pero con una duración de un año.
Para el caso de las bencinas, según el proyecto, se modifica el impuesto específico variable, el cual se ajustará semanalmente en forma tal que el precio informado por la Empresa Nacional del Petróleo, en su informe semanal de precios, solo varíe cada 21 días. Se precisa que en la primera semana de cada período de 21 días, el componente variable del impuesto específico de los combustibles se calculará ahora en 2,4%, en lugar de 0,8% del promedio de las últimas dos semanas del precio base de la gasolina de 93 octanos. De esta manera, el precio subirá hasta $30 en 21 días.
El proyecto también ampliará la vigencia del beneficio de reintegro parcial del impuesto específico al menos por un año: 80% para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido iguales o inferiores a 2.400 UF; 70% para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a 2.400 UF y no excedan 6.000 UF; 52,5% para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a 6.000 UF y no excedan de 20.000 UF, y 31% para contribuyentes cuyos ingresos anuales hayan sido superiores a 20.000 UF. La discusión de la propuesta continuará este martes en la Comisión de Hacienda.