Comisión de Medio Ambiente de la Convención aprueba nuevo articulado de autorizaciones de uso de aguas y agrega otros bienes comunes naturales inapropiables

Convención Constitucional: 05 de Abril 2022
Foto: Agenciauno

La comisión de Medio Ambiente votó este lunes los cambios para polémico informe que rechazó el pleno. Se agregaron como bienes comunes naturales inapropiables "el mar territorial, las playas y los ecosistemas oceánicos y costeros".


Este lunes la comisión de Medio Ambiente de la Convención Constitucional comenzó a votar las modificaciones al polémico informe que, hace poco más de una semana, terminó en una funa a convencionales socialistas luego de que el pleno lo rechazara en general. Estos cambios deberán ser votados por el pleno este sábado, según el cronograma.

Al cierre de esta edición los convencionales no habían finalizado de votar todo el informe, pero ya se habían zanjado varios temas. En primer lugar, se aprobó un nuevo articulado sobre temas de agua, entre ellos, el que cambia los derechos de agua por autorizaciones de uso.

Ahí se señala que “el Estado debe proteger las aguas, en todos sus estados y fases, y su ciclo hidrológico. El agua es esencial para la vida y el ejercicio de los derechos humanos y de la Naturaleza. Siempre prevalecerá el ejercicio del derecho humano al agua, el saneamiento y el equilibrio de los ecosistemas. La ley determinará los demás usos”.

También agrega que “el Estado velará por un uso razonable de las aguas. Las autorizaciones de uso de agua serán otorgadas por la Agencia Nacional de Aguas, de carácter incomerciable, concedidas basándose en la disponibilidad efectiva de las aguas, y obligarán al titular al uso que justifica su otorgamiento”. Asimismo, le dieron el visto bueno a que “los Consejos de Cuenca serán los responsables de la administración de las aguas”.

El artículo que antes había llegado al pleno sobre autorizaciones de uso de agua, pero que ahora no prosperó, señalaba que esta autorización era “inapropiable, incomerciable, intransferible, temporal y obliga al titular al uso que justifica su otorgamiento. Estas autorizaciones estarán sujetas a obligaciones específicas de protección, a causales de caducidad, revocación y demás que sean pertinentes. Las autorizaciones de uso de agua serán concedidas basándose en la distribución y disponibilidad material de las aguas”.

Sobre ello, el convencional de Vamos por Chile, Bernardo Fontaine, publicó en su cuenta de Twitter que estas “autorizaciones” de uso de agua “no serán comerciables y tendrán uso definido. Malo. Quién definirá quién usa agua entre distintos usuarios económicos. La sociedad necesita sacar máximo valor por litro. Eso se logra cuando el que genera más valor puede comprar agua”.

Por otro lado, la comisión también aprobó que “la Constitución reconoce a los pueblos y naciones indígenas el uso tradicional de las aguas situadas en autonomías territoriales indígenas o territorios indígenas. Es deber del Estado garantizar su protección, integridad y abastecimiento, en conformidad a la Constitución y la ley”.

Dentro del estatuto constitucional de la energía, los convencionales rechazaron todos los artículos, con excepción de una indicación sustitutiva que fue aprobada, donde se señala que “toda persona tiene derecho a un mínimo vital de energía asequible y segura. Es deber del Estado garantizar el acceso equitativo y no discriminatorio a la energía que permita a las personas satisfacer sus necesidades, velando por la continuidad de los servicios energéticos. El Estado deberá planificar y fomentar una matriz energética distribuida, descentralizada y diversificada, basada en energías renovables y de bajo impacto ambiental. La infraestructura energética es de interés público. El Estado fomentará y protegerá las empresas cooperativas de energía y el autoconsumo”.

Dentro del estatuto constitucional de criósfera y glaciares, se aprobó que “el Estado preservará la criósfera, glaciares, permafrost y sus áreas conexas. Sólo se podrán realizar actividades científicas, deportivas, turísticas y usos ancestrales, las que deberán ser de bajo impacto y en ningún caso deben afectar el equilibrio dinámico de la criósfera y sus crioformas”.

Además, se definió que “los bienes comunes naturales son elementos o componentes de la Naturaleza sobre los cuales el Estado tiene un deber especial de custodia con el fin de asegurar los derechos de la Naturaleza y el interés de las generaciones presentes y futuras”.

Y ahí, además del agua y el aire, que ya fueron declarados como bienes comunes naturales inapropiables, lo que se encuentra en el borrador de la nueva Constitución, ahora los convencionales decidieron proponer al pleno que habrá más bienes comunes naturales inapropiables. Esto, porque la comisión aprobó que entran en esa categoría “el mar territorial, las playas y los ecosistemas oceánicos y costeros”.

Al cierre de esta edición se estaba votando el estatuto constitucional de los minerales y lo único que se había aprobado hasta ese momento eran dos indicaciones. Una que dice que “el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas y las sustancias minerales, metálicas, no metálicas, y los depósitos de sustancias fósiles e hidrocarburos existentes en el territorio nacional, sin perjuicio de la propiedad sobre los terrenos en que estuvieren situadas. La exploración, explotación y aprovechamiento de estas sustancias se sujetará a una regulación que considere su carácter finito, no renovable, de interés público intergeneracional y la protección ambiental”. Y otra que señala que “quedarán excluidas de toda actividad minera las áreas protegidas, los glaciares, las zonas de origen de cuencas hidrográficas, sin perjuicio de las demás exclusiones que establezca la ley”.

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