Comisión Experta aprueba normas sobre el Banco Central y fija que debe cumplir su objetivo considerando efectos en actividad y empleo

Banco Central

Sobre esto, si bien la comisionada Bettina Horst (UDI) señala que el instituto emisor ya toma en cuenta los efectos en estas variables, el comisionado Alexis Cortés (PC) indica que esta redacción tendrá un efecto relevante en cómo la autoridad económica toma sus decisiones. El pleno de la Comisión Experta aprobó por unanimidad todas las normas en esta materia.


Este martes el Comité de expertos del proceso constitucional se reunió por última vez para debatir y votar los últimos tres capítulos que quedaban del anteproyecto para ser enviado al Consejo Constitucional que se instalará el próximo 7 de junio en el Congreso de Santiago. Entre ellos, se votó el capítulo XII referente al Banco Central, el cual fue aprobado en todos sus artículos por unanimidad y despachado.

Durante esta jornada la Comisión votó los ocho artículos que forman parte de dicho capítulo -emanado de la subcomisión de Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos- que aborda las normas sobre el Banco Central. De ellos, hubo dos que no fueron sometidos a votación, ya que no fueron objeto de enmiendas ni de solicitudes de votación separada. Estos eran el 183 y 184, referidos a la integración del Consejo del Banco Central y a la destitución del presidente del mismo, respectivamente.

Entre las novedades que trae la propuesta, se incorporan algunas normas que actualmente sólo están en la Ley Orgánica Constitucional (LOC). Por ejemplo, respecto de las funciones del Banco Central, que la dirección del instituto emisor estará a cargo del consejo, el modo en que se nombran los consejeros, su duración en el cargo, y las reglas para su remoción y destitución. También se incluye el deber del BC de rendir cuenta anual al Presidente de la República y al Congreso.

Uno de los aspectos que marcó el debate a lo largo del proceso de elaboración del capítulo fue el inciso número 3 del artículo 180 -también aprobado-, el cual dice: “El Banco Central ejercerá sus funciones y atribuciones buscando resguardar el cumplimiento de los objetivos a que se refiere el inciso 1, sin perjuicio de considerar también los efectos de la política monetaria en la actividad económica y el empleo”.

El inciso 1 señala que el BC “tendrá por objeto velar por la estabilidad de los precios y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos”.

Debate

Durante el debate previo a la votación, los comisionados valoraron el rol que ha tenido el Banco Central para el funcionamiento de la economía del país, por lo cual, señalaron que el capítulo recoge las buenas prácticas y experiencia positiva que se ha tenido al respecto.

Por su parte, la comisionada Bettina Horst (UDI), aseguró durante la discusión que “en estos 35 años casi ya de autonomía del Banco Central, los procesos de nombramiento de sus autoridades me parece que nunca han sido objeto de cuestionamiento ni tampoco de problemas, como ha sido quizás sí en otros órganos autónomos, cosa que yo creo que habla bien de lo que ha sido esta institucionalidad en nuestro país”.

Y agregó que, bajo su punto de vista “también es bueno relevar que, a pesar de algunas discusiones que hemos tenido en el pasado, hoy día sigue siendo el objetivo único y central del Banco Central el mantener el control de la inflación mediante la política monetaria”.

Lo anterior, dijo, pese a que en el capítulo se incorpora también que el ente emisor debe tener en consideración los efectos que tiene la política monetaria en la actividad económica y el empleo, “cosa que hoy día, de hecho, ya lo hace el Banco Central y lo incorpora en sus modelos económicos”.

En tanto, el comisionado Alexis Cortés (PC) aseguró: “Quiero comenzar valorando que el comprensible celo en mantener una inflación baja no impidió a esta comisión experta atender a que esta orientación pueda terminar afectando el empleo y el crecimiento”.

Lo anterior, dijo, haciendo alusión al inciso número 3 del artículo 180 que establece que el Banco Central deberá considerar los efectos en la actividad económica y el empleo. Sobre ello, dijo: “Esto tiene y va a tener efecto. Un mandato del Banco Central estrictamente enfocado en mantener anclada la inflación en 3%, no necesariamente es sostenible en términos sociales y económicos. Por ello es tan relevante el mandato de considerar la actividad económica y el empleo”.

Y agregó que “en muchos casos para lograr el objetivo de baja inflación, los que tienden a pagar los costos son los trabajadores, porque el Banco Central, para bajarla utiliza alzas en las tasas de interés, lo que genera una disminución en la demanda y en la inversión, lo que a su vez puede generar desempleo. En contrapartida, las alzas en las tasas de interés son convenientes para el sector bancario que puede vender créditos a una mayor tasa”.

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