El Comité de Ministros, presidido por la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas, e integrado por las carteras de Economía, Salud, Agricultura, Energía y Minería, en su sexta sesión del año resolvió rechazar las reclamaciones en contra del Proyecto de Desarrollo de Los Bronces de Anglo American Sur y central Alto Maipo de Alto Maipo SpA. Con ello, el Comité respalda las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) de ambos proyectos.
Los recursos fueron interpuestos por ciudadanos en contra de las decisiones de las autoridades que resolvieron las solicitudes de revisión excepcional de las RCA de ambos proyectos, que ya se encuentran en ejecución.
A través de un comunicado, el Ministerio de Medio Ambiente informó que, en primer lugar, el Comité votó el recurso interpuesto por la junta de vecinos Las Varas en contra de una resolución exenta de 21 de diciembre de 2021 de la Dirección Ejecutiva del SEA, que rechazó la solicitud de revisión de la RCA, de la Conama, que calificó ambientalmente favorable el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto denominado “Desarrollo Los Bronces”, cuyo titular es Anglo American Sur.
En ese caso los vecinos solicitaban la revisión de la resolución en razón del impacto vial del proyecto en la ruta G21 Santiago-Farellones, alegando que los vehículos motorizados del titular habrían aumentado con la operación del proyecto.
Asimismo, se votó otro recurso en contra de la resolución exenta, del 16 de septiembre de 2021, de la Comisión de Evaluación Ambiental (Coeva) de la Región Metropolitana, que resolvió la solicitud de revisión de la RCA, de la corema de la Región Metropolitana, que calificó ambientalmente favorable el EIA del proyecto Central Hidroeléctrica Alto Maipo, cuyo titular es Alto Maipo.
En ese caso, “ante los hechos públicos de afloramientos de aguas en los túneles, la reclamante solicitaba revisar las medidas establecidas por la Comisión, alegando que no eran suficientes para hacerse cargo de los impactos que se habrían generado, en términos de cantidad de recurso hídrico, sobre la cuenca”, dice el comunicado de la cartera de Medio Ambiente.
Resolución del Comité
Con todo, el Comité resolvió, con respecto al proyecto Desarrollo Los Bronces rechazar el recurso interpuesto en contra de la resolución de la dirección ejecutiva del SEA, por la que se resolvió no modificar la RCA N° 3159/2007, de la Conama, que calificó favorablemente el EIA del Proyecto “Desarrollo Los Bronces”, en actual ejecución.
Sin perjuicio de ello, dice el texto, se oficiará a la Superintendencia del Medio Ambiente para que revise los antecedentes y evalúe la procedencia de fiscalización.
“Es importante sobre este particular, destacar que el fundamento de la decisión es que se estima que no existe una variación sustantiva de la variable evaluada y contemplada en el Plan de Seguimiento (uso de la ruta G-21), respecto de la cual se hayan impuesto condiciones o medidas. Sin embargo, sí se evidencian circunstancias que podrían revestir eventuales incumplimientos de las disposiciones contenidas en la RCA, siendo la Superintendencia del Medio Ambiente la mandatada a fiscalizar si corresponde en estos casos”, dice el comunicado.
En tanto, sobre el proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo, el Comité resolvió rechazar el recurso de reclamación interpuesto en contra de la resolución de la Coeva de la Región Metropolitana, que había revisado y modificado la RCA del “Proyecto Hidroeléctrico Alto Maipo” para hacerse cargo de los afloramientos de aguas en los túneles durante la construcción.
En ese sentido, señala el Ministerio de Medio Ambiente, luego de un análisis técnico, el Comité estimó que durante el proceso de revisión de la RCA se evaluó correctamente que el agua que afloró estaba confinada en la roca, por lo que no se afectó la cantidad del recurso hídrico en la cuenca y se tomaron medidas adecuadas mediante la revisión extraordinaria de la RCA realizada por la Coeva de la Región Metropolitana en 2021.
A ello agregaron que en la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente se prevé un mecanismo de revisión excepcional de las autorizaciones ambientales, “que puede ser activado de oficio o a petición del titular de un proyecto o de personas afectadas (y, ahora con la Ley Marco de Cambio Climático, también por la Superintendencia del Medio Ambiente), cuando ejecutándose el proyecto, su seguimiento permita determinar que las variables evaluadas sobre las cuales fueron establecidas las condiciones o medidas hayan variado sustantivamente en relación a lo proyectado o no se hayan verificado, todo ello con el objeto de adoptar las medidas necesarias para corregir dichas situaciones”.