Es un hecho. Este miércoles comienza a operar la entrega de créditos con garantía estatal. Así lo dio a conocer el Presidente Sebastián Piñera más temprano, quien además adelantó que BancoEstado sería el primero en entregar este tipo de financiamiento e instó a la banca privada a poner manos a la obra.
Casi en paralelo a lo oficiado por el mandatario nacional el Fondo de Garantía para Pequeños Empresarios (Fogape), administrado por BancoEstado, realizó la primera oferta de garantías estatales asociadas al financiamiento bancario para líneas de capital de trabajo en condiciones especiales. En esta oferta, participaron 11 entidades bancarias y una cooperativa, entre ellas Scotiabank, Bice, Internacional, BancoEstado, Santander, Bci, Itaú, Banco Security, Banco Consorcio y Banco de Chile, Coopeuch, Consorcio y Security.
Bajo esta lógica y teniendo en cuenta que a partir de mañana las empresas con un tope de ventas anuales hasta un millón de UF podrán empezar a solicitar sus créditos para capital de trabajo, acá las claves para entender cómo acceder, y cómo operará el otorgamiento de estos financiamientos.
¿Quiénes podrán acceder?
Podrán optar a financiamientos las personas, naturales o jurídicas, que sean empresarios o empresas y cuyas ventas netas anuales no excedan de un millón de UF y que cuenten con las siguientes características: que no se encuentren en un proceso de insolvencia, de quiebra, o liquidación; si es una empresa con ventas menores a 25 mil UF anuales, no debe tener más de 30 días de mora en créditos con el banco al 30 de octubre de 2019 y si es una empresa con ventas mayores a ese monto, el requisito es que no deba tener más de 30 días de mora créditos con el banco al 30 de marzo de 2020.
¿De cuánto es la garantía estatal?
La cobertura de la garantía estatal dependerá del tamaño de la empresa. Así, para aquellas con ventas anuales entre 0 a 25 mil UF el porcentaje máximo de garantía estatal será de 85%; para las que sus ventas anuales estén entre 25 mil UF y 100 mil UF, será 80%; del 70% para las que estén entre 100 mil y 600 mil UF y de 60%, entre 600 mil y 1 millón de UF.
¿A qué tasa operarán estos créditos preferenciales?
Los préstamos otorgados deberán tener una tasa de interés anual y nominal que no exceda del equivalente a la tasa de política monetaria más un 3%, lo que en términos reales y considerando la inflación se traduciría en un tasa de interés del 0%.
¿Cuáles son los límites de financiamiento con que operan los créditos?
Al igual que con la cobertura, los límites de financiamiento operan por tramos. Así, para empresas con ventas netas de IVA anuales hasta 1.000 UF el límite máximo será de 250 UF. Para las que tengan ventas hasta 10 mil UF será de 2.500 UF; de 6.250 UF para las que tengan ventas de hasta 25 mil UF, y de 25 mil UF para las de hasta 100 mil UF.
En tanto, para las que tengan ventas de 200 mil UF el límite máximo será de 50 mil UF; de 100 mil UF para aquellas con ventas de 400 mil UF. Le siguen en orden las empresas con ventas hasta 600 mil UF para ellas el límite será de 150 mil UF y finalmente para aquellas con tope de ventas de un millón de UF el límite de financiamiento será de 250 mil UF.
¿Cuál es el plazo de pago de estos créditos?
El crédito se pagará en cuotas durante un período que irá entre 24 y 48 meses, dentro del cual seis meses corresponderán a un periodos de gracia en el que los solicitantes estarán exentos de pagar sus cuotas.
¿A qué entidades financieras concurrir?
El reglamento estableció los empresarios podrán concurrir a estas líneas los bancos, incluyendo sus filiales, y las cooperativas de ahorro y crédito que son fiscalizadas por la Comisión para el Mercado Financiero. Hasta el momento son 11 las instituciones financieras que están participando.
¿Cuáles son los requisitos que se deben consignar?
Para las empresas que tienen cuenta en bancos: Estas deberán comunicarse con su ejecutivo del banco en el que tienen cuenta para asegurar tener al día la documentación requerida para solicitar un crédito. Normalmente los bancos solicitan, entre otros, documentos legales de la empresa (escrituras, cuando son personas jurídicas), y los antecedentes que respalden las ventas, que pueden obtenerse a través de las carpetas tributarias electrónicas del Servicio de Impuestos Internos (SII).
Para quienes no tiene cuenta en bancos: Los emprendedores deberán acercarse al banco de su preferencia y solicitar evaluación para obtener un crédito. Para ello deberán consignar los mismos señalados en el punto anterior.
¿Para qué debe ser usado este crédito?
Los recursos de los créditos serán para cubrir necesidades de capital de trabajo durante la emergencia sanitaria, lo que incluye pago de salarios, arriendos, suministros, entre otros. De usarse el monto del crédito para costear aspectos distintos a los establecidos en la normativa, la Ley de Fogape contempla sanciones penales para quienes utilicen los fondos con garantía estatal para fines distintos.