“Derecho a la desconexión”: Los alcances de la ley que regula el trabajo a distancia
La ley que busca regular la práctica del trabajo a distancia empezará a regir en abril.
La llegada del coronavirus al territorio nacional hizo que los énfasis legislativos cambiaran radicalmente. Así, proyectos de ley como el que regula el trabajo a distancia pasaron de estar atascados en el Congreso, a ser despachados a ley rápidamente.
En esa coyuntura, el teletrabajo llegó para quedarse como una nueva forma de relación laboral. Y es que, si bien es una modalidad que se había estado implementando, ahora con esta ley, pasa a ser regulada.
Pero en la práctica, ¿en qué se traduce esto?
En conversación con CNN Chile la ministra del Trabajo, María José Zaldívar detalló los principales alcances de esta ley y resolvió algunas interrogantes. Lo primero que aclaró la titular de esa cartera es que, esta ley busca regular una práctica que si bien se había estado implementando con anterioridad en el país no estaba siendo acogida por ninguna normativa legal, por ende, delimitar los términos y condiciones de esa labor solo quedaba bajo el mutuo acuerdo de las partes.
Ahora, con esta ley aprobada queda por sentado que: la provisión de los instrumentos de trabajo para el desarrollo de las funciones (internet, computador y otros equipos) es de cargo del empleador.
En segundo término, los trabajadores que desempeñan su trabajo bajo esta modalidad podrán acogerse a una jornada laboral como la de cualquier trabajo presencial, o podrán aplicar a la flexibilidad laboral, y en este caso, tendrán “derecho a la desconexión”, un recurso explícito en la normativa, que establece que por un periodo de 12 horas continuas el empleador no tendrá derecho de mandatar o interrumpir ese tiempo de descanso.
En tercer término, esta modalidad de teletrabajo podrá abarcar toda o parte de la jornada laboral, combinando tiempos de trabajo de forma presencial en las instalaciones de la empresa, con tiempos de trabajo fuera de ella.
Esta ley, al reconocer legalmente el trabajo a distancia, le confiere al trabajador garantías y derechos que antes solo se veían supeditados al mutuo acuerdo. “Va a tener toda la remuneración garantizada, derecho a vacaciones y de beneficios otorgados por la empresa”, precisó Zaldívar.
“Además en caso de accidentes laborales y enfermedades profesionales, el empleado va a estar protegido y será cubierto por la mutualidad respectiva. Asimismo, todo lo relativo a cotizaciones previsionales y de salud, también estarán regulados por la normativa legal”, añadió el subsecretario del Trabajo, Fernando Arab.
Eso sí, todos estos aspectos deben quedar establecidos en el contrato de trabajo, de forma tal que, si se produjera una infracción a alguno de estos términos por parte del empleador, el trabajador, haciendo uso de esta nueva ley podrá recurrir a la Inspección del Trabajo a denunciar la falta.
Otro elemento, es que las partes, tendrán derecho a retomar de forma unilateral las mismas condiciones laborales pactadas con anterioridad a la suscripción de la modalidad de trabajo a distancia, previo aviso por escrito a la otra con una anticipación mínima de treinta días.
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