El impacto del posible retiro de los fondos previsionales fue el principal tema abordado hoy en la reunión de Consejo de Estabilidad Financiera, unas horas antes de la sesión en que el Senado aborda esta reforma constitucional.
Los miembros del Consejo integrado por el ministerio de Hacienda, el Banco Central, la Comisión para el Mercado Financiero y la Superintendencia de Pensiones, “discutieron alternativas para mitigar estos efectos y coordinar las medidas que debe tomar cada una de las instituciones dentro de su ámbito de acción” según consta en el acta.
Respecto del plazo de un año consignado en el proyecto para el retiro de fondos consideraron que “reduciría los riesgos involucrados” en cuanto a los pagos y ajustes de cartera. “Sin embargo, se advierte que la fijación de un máximo de UF75 por giro podría llevar a que prácticamente el 80% de los fondos se retiren durante el primer giro, y por lo tanto, exacerbar los efectos de esta iniciativa en los mercados financieros”.
Asimismo en los aspectos operacionales se constataron tres hitos desde que se solicita el retiro hasta que se concreta, señalando que las AFP no pueden pagarlo en efectivo en las sucursales, por lo cual deben existir alternativas de transferencias a cuentas bancarias o vales vistas o documentos a cobrar en instituciones financieras. “Esto requiere una adecuada coordinación entre el regulador, las administradoras, bancos y otras instituciones financieras, con el objeto de evitar aglomeraciones y molestias del público. Parte importante del esfuerzo de coordinación debe estar orientado a facilitar medios no presenciales”, se subraya.
En cuanto a los aspectos financieros se discutieron los instrumentos que podría adoptar el Banco Central para mitigar el impacto en los mercados de renta fija local si llegara el caso en que se liquide un monto relevante. Así también se mencionó el mantener una coordinación con “los demás organismos para aumentar la profundidad de ciertos mercados claves para la provisión de liquidez”.
Finalmente se observó el impacto sobre las compañías de seguros de vida pues al permitirse parte del retiro de los fondos “deberían asumir un mayor pago en caso de siniestro para alcanzar el monto de la pensión en función del ingreso base. El efecto antes descrito, tiene implicancia para los contratos con cobertura vigente y para aquellos terminados”.