Corte de Apelaciones ratifica licitación de Dreams en Talca tras recursos de ilegalidad presentados contra la SCJ
La Corte de Apelaciones falló a favor de la Superintendencia de Casinos de Juegos, tras las reclamaciones que presentó el Casinos de Juegos Talca S.A, para revocar el permiso de operación del grupo Dreams en la comuna.
La construcción del casino de juegos de Dreams en Talca continúa en pie tras el rechazo de la Corte de Apelaciones de Santiago por las reclamaciones que presentó el Casino de Juegos de Talca S.A (CJT), en contra de la Superintendencia de Casinos de Juegos (SCJ), tras otorgar el permiso de operación a la Sociedad Ríos Claros S.A, perteneciente a Dreams S.A, en la comuna.
Fue en mayo del 2023 cuando ambos casinos presentaron sus ofertas técnicas y económicas para adjudicarse el permiso de operación de un casino en Talca, un proceso donde la Sociedad Ríos Claros S.A se adjudicó, con el contrato de arrendamiento definitivo con la Asociación Gremial Agrícola Central.
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Ante esto, el CJT presentó dos reclamaciones que apuntaban a revocar el permiso de operación del grupo Dreams; en la primera, expuso que el inmueble propuesto por Ríos Claros, no era adecuado para instalar un casino, señalando que se trataba de un terreno inundable, y que este debía destinarse únicamente a fines agrícolas, industriales y ganaderos. “El propietario tiene la obligación legal de destinar el inmueble al uso referido y, por tanto, no puede ser usado para que opere allí un casino de juegos”, acusó.
Para esta primera reclamación, la respuesta de la Corte fue que el reclamo no se ajustaba a los procedimientos legales, debido a que la Resolución N° 946/2023, a la que apelaron, no evalúa, otorga, deniega o renueva permisos de operación, y que estos hacen referencia a recursos administrativos internos, los que no son susceptibles de ser reclamados en la Corte.
Asimismo, añadieron que “en cuanto a que la SCJ ha omitido el hecho que Ríos Claros no ha considerado las obras de mitigación que se deben ejecutar por la condición inundable del inmueble, lo que tendría consecuencias en la boleta bancaria de garantía, lo cierto es que la aludida sociedad acompañó la mencionada boleta, tal como la SCJ lo requirió y todos los costos derivados de la construcción del proyecto y las eventuales obras de mitigación, son de cargo de la operadora y los permisos respectivos deben ser otorgados por otros organismos, de modo que no es posible exigir garantías por medidas de mitigación que, además de ser eventuales, como se dijo, es imposible determinar su envergadura y costo”.
Tras esto, el fallo indicó que “Ríos Claros cumplió estrictamente con la norma transcrita”.
La segunda reclamación apeló que la SCJ aceptó una inscripción de arrendamiento tres meses después de la evaluación técnica. Ante esto, el CJT acusó que la SCJ se inhibió de conocer el recurso de revisión extraordinario, y pidieron que “se declare que la SCJ incurrió en un acto ilegal”.
Con esto, el fallo de la Corte indicó que la SCJ actuó según la ley al inhibirse de conocer el recurso, ya que el Casino de Juego de Talca perdió su calidad de postulante luego de la adjudicación del permiso de operación a la sociedad Ríos Claros en noviembre del 2023.
“Lleva razón la SCJ cuando hace ver que la norma recién citada exige que el reclamo de ilegalidad sea interpuesto por un “postulante”, esto es, en este caso, por quien está postulando a obtener el permiso o renovación de operación de un casino de juegos en Talca, y resulta que CJT dedujo su recurso extraordinario de revisión el 27 de mayo de 2024 —el presente reclamo data del 21 de junio de 2024—, seis meses después de que la SCJ dictara la Resolución Exenta N° 943/2023 de 16 de noviembre de 2023, por la cual otorgó el permiso mencionado a una sociedad distinta de la reclamante”, detalló la Corte.
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