Corte Suprema confirma rechazo a recurso contra alianza Codelco-SQM

La Corte Suprema confirmó el fallo que rechazó el recurso de amparo económico contra la alianza entre Codelco y SQM para la explotación de litio en el Salar de Atacama.
La Corte Suprema de Chile confirmó la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago que desestimó el recurso de amparo económico presentado por el abogado Juan Francisco Sánchez. Este recurso cuestionaba la legalidad de la alianza entre la Corporación Nacional del Cobre (Codelco) y la Sociedad Química y Minera de Chile (SQM) para la explotación conjunta de litio en el Salar de Atacama.
En noviembre de 2024, el abogado Sánchez Silva interpuso un recurso de amparo económico contra Codelco, sus filiales Salares de Chile SpA y Minera Tarar SpA, y la Corporación de Fomento de la Producción (Corfo). El recurso alegaba que la creación de estas filiales se realizó sin la autorización de una ley de quórum calificado, lo que, según el abogado, vulneraría las disposiciones constitucionales sobre la actividad empresarial del Estado. Además, Sánchez argumentaba que la asignación de derechos mineros en el Salar de Atacama se efectuó sin licitación pública, contraviniendo el artículo 9 de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado. También criticaba el acuerdo firmado entre Codelco y SQM en mayo de 2024, calificándolo de irregular y realizado sin el consentimiento de los accionistas minoritarios de SQM.
El 20 de enero de 2025, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo económico. El tribunal concluyó que la normativa vigente autoriza a Codelco a participar en la exploración y explotación de litio. Basándose en el Decreto Ley N° 1350 de 1976, que define el objeto de Codelco e incluye la explotación de minerales no ferrosos como el litio, la Corte señaló que “el Estado, por medio de su empresa Codelco, se encuentra autorizado, por ley de quórum calificado, para desarrollar y participar en actividades para la exploración, explotación y comercialización de litio”. Además, el tribunal determinó que el recurso era extemporáneo, ya que se presentó fuera del plazo legal de seis meses establecido en la Ley N° 18.971.
El 6 de marzo de 2025, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones, rechazando el recurso de casación presentado por Sánchez. La Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Jean Pierre Matus, Diego Gonzalo, María Soledad Melo y los abogados integrantes María Angélica Benavides y Carlos Urquieta concluyó que los argumentos esgrimidos en el recurso no lograban desvirtuar lo decidido por el tribunal de alzada. De esta manera, se confirmó la sentencia apelada del 20 de enero de 2025, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
Frente al fallo: “En un Estado de Derecho como el nuestro, la última palabra la tiene la Corte Suprema, quien confirmó hoy la decisión de la Corte de Santiago, dándole la razón a Codelco. Espero que este acuerdo beneficie a todos los chilenos y que al país le vaya bien”, dijo el abogado Sánchez.
Reclamo
El abogado Juan Francisco Sánchez Silva presentó un recurso de amparo económico cuestionando la legalidad de la creación de las filiales Salares de Chile SpA y Minera Tarar SpA por parte de Codelco, argumentando que estas fueron constituidas sin la autorización de una ley de quórum calificado, lo que, según él, vulneraría las disposiciones constitucionales sobre la actividad empresarial del Estado.
Además, Sánchez denunció que, a través de estas filiales, se asignaron derechos mineros en el Salar de Atacama sin un proceso de licitación pública, contraviniendo el artículo 9 de la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado.
El abogado también criticó el acuerdo firmado entre Codelco y SQM en mayo de 2024, acusando que esta operación se estructuró de forma contraria a la normativa vigente y sin el consentimiento de los accionistas minoritarios de SQM, lo que, según Sánchez, es fundamental para la legalidad de la operación.
En medio del conflicto, Codelco respondió a cuestionamientos sobre alianza con SQM
Codelco rechazó las acusaciones presentadas por el abogado Juan Francisco Sánchez Silva en su recurso de amparo económico. La empresa estatal calificó el recurso como “improcedente, extemporáneo e impertinente”.
Codelco enfatizó que su participación en la explotación de litio formaba parte de la Estrategia Nacional del Litio iniciada en 2016. Argumentó que la ley le permitía explotar este mineral desde 1976.
La compañía sostuvo que la asociación con SQM se realizó en conformidad con la normativa vigente y buscaba garantizar la presencia del Estado en la industria del litio. Añadió que el acuerdo aseguraba beneficios económicos y estratégicos para el país.
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