Tras una larga votación, la Cámara de Diputado envió a tercer trámite el proyecto que establece nuevas exigencias de transparencia y reforzamiento de responsabilidades de los agentes de los mercados, con bastantes cambios respecto de lo que había aprobado el Senado.
De partida se aprobó una indicación por 83 votos para aumentar el tiempo en que las autoridades una vez cesadas sus funciones no podrán ejercer un cargo en empresas abiertas a Bolsa. “La idea es establecer la inhabilidad de ministros, diputados, superintendentes de no ser director de sociedades anónimas por un período de 12 meses” explicó el presidente de la Comisión de Hacienda, diputado Daniel Núñez (PC).
Asimismo, se rechazaron algunas normas que se habían propuesto para regular la prestación de servicios de asesoría de inversión en Chile, especialmente referido a las asesorías previsionales. Por 69 votos se cayó el artículo que establecía distintas penas para los asesores: “penas de presidio menor en cualquiera de sus grados” para quienes prestaran asesorías de inversión de manera habitual sin estar inscritos en un Registro o cuya inscripción hubiere sido suspendida o cancelada; y “pena de presidio menor en sus grados mínimo a medio” a quienes hubiesen inducido a error, o difundieran información falsa o tendenciosa.
También se cayó el articulado que obligaba a estas entidades de Asesoría Previsional y los asesores a entregar una boleta de garantía bancaria o contratar una póliza de seguros para responder a los perjuicios que puedan ocasionar a los afiliados.
Y respecto de las modificaciones al Código de Comercio, el diputado Giorgio Jackson (RD) presentó algunas indicaciones que fueron aprobadas. “Se determinó que el costo de los seguros asociados a operaciones de créditos sea asumido de manera equitativa entre el Banco y el consumidor atendido que ambos se ven beneficiados de la contratación del seguro” explicó el diputado. En vista de ello, se considera que los bancos e instituciones financieras tienen un interés asegurable para este tipo de operaciones, a diferencia de la regla general que opera en materia de seguros.
También se aprobó la indicación que impide participar de la licitación, para que los bancos contraten los seguros de desgravamen por muerte o invalidez e incendio y coberturas complementarias, a las empresas “que tengan la calidad de empresa relacionada con la entidad crediticia.”
En la Ley de compañías de seguros, sobre entidades que otorgan créditos hipotecarios y contratan seguros de desgravamen o incendio, se propone que la prima sea pagada en partes iguales por la entidad crediticia y sus deudores. Además, se establece que no podrán participar de la licitación las empresas relacionadas con la entidad crediticia.