Los diputados de la Comisión de Constitución despacharon ayer a sala el proyecto que busca establecer, por única vez, un impuesto a las personas de altos patrimonios con el propósito de que el Fisco cuente con mayores recursos para ayudas en el contexto de la pandemia.
Ello, luego que durante la jornada trataron de acercar posiciones entre ese proyecto y la propuesta de Chile Vamos que buscaba ser una alternativa al de la oposición que busca una mayor recaudación para el Estado, conocida como “súper ricos”. Sin embargo, la indicación oficialista fue rechazada, tras recibir 6 votos a favor, 1 abstención y 6 en contra, incluido el del presidente de la instancia Marcos Ilabaca (PS).
No obstante, los integrantes de la comisión comparten que se debe buscar una fórmula para allegar más recursos al Estado mediante impuestos.
La indicación presentada por los diputados Gonzalo Fuenzalida (RN), Alejandro Santana (RN) y Luciano Cruz Coke (Evópoli) planteaba modificar el proyecto original y aumentar la recaudación tributaria mediante una tasa de 10% a los retiros del Fondo de Utilidades Tributables (FUT) para los altos patrimonios, y del 8% para la repatriación de bienes o rentas en el extranjero.
Dentro de los argumentos en contra se planteó que la indicación iría en contra de la idea matriz del proyecto, pues no aumentaría los impuestos sino que establecería beneficios tributarios, lo que fue cuestionado por los parlamentarios oficialistas.
Por su parte, el diputado Matías Walker (DC) lamentó que no se llegara a un acuerdo para disponer de lo mejor de ambas iniciativas. “Todos entendemos que tiene que haber una mayor recaudación para financiar una renta universal de emergencia de $500 mil por familia para el 90% de los chilenos”, resaltó el legislador.
Añadió que “lo que hicieron los diputados de gobierno fue validar el mecanismo de la reforma constitucional para discutir sobre tributos en un año de pandemia”, y se mostró abierto a tratar de lograr un acuerdo en la materia. Por eso, instó a los diputados oficialistas a aprobar este miércoles la idea de legislar el proyecto, y que regrese a la Comisión de Constitución para integrar las propuestas de Chile Vamos.
Walker acotó que, de rechazarse la idea de legislar, “no se va a poder discutir nada”.
En tanto, el diputado Gonzalo Fuenzalida (RN), lamentó no haber contado con el apoyo de la oposición, “que al parecer no quiere un impuesto que recaude, que puede beneficiar a millones de chilenos. Nosotros hicimos una propuesta responsable, expusimos números, recaudaciones que van entre los US$5 mil y US$14 mil millones, con bases de cálculo de verdad”, argumentó.
Por su lado, el diputado Santana dijo que con su propuesta se busca obtener una “recaudación efectiva” utilizando modelos aplicados anteriormente. Además, que “el Estado no gaste nada en recaudarlo, sino que haya incentivos”, agregó el diputado Fuenzalida.
Los patrocinadores de la iniciativa anunciaron que repondrán hoy esta propuesta en el debate en la sala que está en tabla.
La propuesta que va a sala
La semana pasada la Comisión aprobó la indicación sustitutiva que fusionó la propuesta de la diputada Camila Vallejo (PC) con la de Matías Walker (DC).
Esta considera tres ejes: el primero, un tributo de 2,5% a las personas que tengan un patrimonio neto igual o superior a US$ 22 millones. De acuerdo con el texto, el patrimonio neto se entiende como la totalidad de los bienes, derechos, valores y/o beneficios que conforman su activo, ubicados en Chile y/o el exterior, deducidas las deudas u obligaciones fehacientemente acreditadas, contraídas para su adquisición.
El segundo, el aumento transitorio de la tasa del Impuesto de Primera Categoría a las compañías con ingresos superiores a 1.000.000 de UF (US$41 millones), al 30% para las utilidades que se perciban o devenguen en el ejercicio 2021 y 2022. Hoy el impuesto a las grandes empresas es de 27%.
Y como tercer eje se incluye la eliminación transitoria de algunas exenciones tributarias por los ejercicios 2021 y 2022: los beneficios tributarios establecidos en los artículos 107 de la Ley sobre impuesto a la renta, sobre la enajenación o rescate de acciones y otros instrumentos con cotización bursátil y la Exención de Impuesto de Primera Categoría que beneficia a los retiros de los Fondos de Inversión Privado, al tenor de la ley 20.712 sobre Administración de fondos de terceros y carteras individuales.