La Dirección del Trabajo emitió un dictamen en el que establece que si los trabajadores del Sindicato 1 de Escondida van a huelga, y posteriormente se descuelgan, no podrán volver a negociar con la empresa en un plazo de 18 meses, ya que si la duración establecida en el contrato es 36 meses, dicho plazo es el que regirá.

De este modo la DT rebatió la estrategia de los trabajadores que pretendían que al día 30 de la huelga un grupo mayoritario se descuelgue y que otro se acoja al artículo 342 del Código del Trabajo, que permite volver a negociar en 18 meses. Con esto, los trabajadores recibirían beneficios de la negociación en el descuelgue y en 18 meses más.

"Los trabajadores que se reincorporan a sus funciones, lo hacen en las condiciones contenidas en la última oferta del empleador, condiciones en las cuales está el plazo de duración del contrato colectivo, plazo durante el cual el empleador y los trabajadores reincoporados estará afectos a dicho contrato pata todos los efectos legales", señala el dictamen.

El sindicato, asesorado por el abogado Marco López, buscaba apostar por una estrategia que incluye una huelga de 30 días; el descuelgue del más del 90% de los trabajadores al día 30 de dicha movilización, que recibirían bonos por $ 14,5 millones (incluyendo préstamo blando); y que los trabajadores restantes se acojan al artículo 342 (ex 369) del Código del Trabajo, teniendo la posibilidad de volver a negociar en 18 meses. Lo anterior, tiene que ver con la interpretación de que los "descolgados" quedan suscritos a contratos individuales, mientras que los que se acojan al artículo 342, con contratos colectivos, dando el pie para un nuevo proceso "colectivo" para ambos grupos.