Desde su rol como vicepresidente ejecutivo de Corfo en el gobierno anterior, Eduardo Bitran fue un férreo opositor a la compra del 24% de SQM por parte de la compañía china Tianqi, lo que le valió una polémica con el exembajador de ese país, Xu Bu. Hoy, desde su posición como consultor económico privado, analiza la incursión de SGIDL -State Grid- en el mercado eléctrico nacional.
¿Cómo analiza que una firma estatal china esté tomando más del 50% del mercado de distribución eléctrico nacional?
-Chile siempre ha estado abierto a la inversión extranjera y China, sin duda, que tiene un desarrollo tecnológico e industrial muy interesante. A priori, el hecho de que los compradores de CGE sean chinos no debiese ser un elemento de análisis. Hay que ver cuál es la situación del sector eléctrico y si es que se generan situaciones que puedan comprometer regulaciones, o si es que se afecta a la libre competencia.
¿Cómo se pueden regular estos monopolios naturales?
-Veamos la integración horizontal. En mercados de monopolios naturales, como es la distribución eléctrica o el agua potable, existe un concepto que logró incorporarse en la Ley de Servicios Sanitarios en 1997, cuando yo era gerente general de Corfo -previo al proceso de privatización de las empresas sanitarias-, llamado competencia comparada. En este proceso pusimos una cláusula específica en que limitábamos la integración horizontal de las empresas. Hoy ningún grupo económico, nadie, puede comprar empresas que le permitan tener más de un 40% de los servicios sanitarios del país.
Es importante establecer un cierto límite en la concentración horizontal en el caso de sectores con regulación tarifaria y con monopolios naturales, porque también existen monopolios de la información, donde el regulador tiene serias dificultades para poder saber cuáles son los costos de la empresa regulada, lo que le dificulta fijar tarifas cercanas a las que habría en mercados competitivos. Por lo tanto, para poder reducir el monopolio de la información, Chile siguió el modelo inglés, donde se genera en el proceso tarifario una especie de competencia entre las empresas, aunque no sean de una misma zona geográfica.
Esa regulación de la industria sanitaria, ¿se puede replicar para las eléctricas?
-En las eléctricas hay una ley de distribución mucho más antigua, por lo que sería altamente recomendable que lo que ocurre en la industria sanitaria se introdujera explícitamente en el cambio de la ley eléctrica que el gobierno ingresó en septiembre. No obstante, si eso no existiera explícitamente en la ley, existen el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) y la Fiscalía Nacional Económica (FNE), quienes podrían evaluar si la competencia comparada puede ser afectada por un proceso de integración horizontal, es decir, que una empresa termine con una participación superior al 50% del mercado en número de clientes, con lo que dos operadores tendrían casi la totalidad del mercado.
¿Cómo se vincula que el gobierno impulse una ley que promueva la competencia eléctrica y que esa industria se concentre?
-El gobierno ha expresado la voluntad de avanzar en generar competencia en la distribución eléctrica, con el proyecto de portabilidad. Hasta ahora cada cliente le puede comprar electricidad a la empresa de distribución de su área, no tiene la posibilidad de elegir. Pero esta nueva propuesta de ley genera la figura del comercializador, con lo que uno podría comprarles energía a otros distribuidores o generadores. Entonces, la duda que se genera es que en un contexto en que se quiere aumentar la competencia en esta iniciativa ministerial -en línea con la OCDE-, en qué medida podrá eso funcionar cuando se está aumentando la concentración de la distribución eléctrica.
¿Cómo evalúa usted esta operación a la luz de la integración vertical (participación en generación, transmisión, distribución)?
-En la ley está plasmado que la transmisión eléctrica troncal tiene que estar separada de la distribución y generación con el fin de evitar conflictos de interés, porque las transmisoras reciben de generadoras o distribuidoras requerimientos específicos que dan información de sus clientes actuales y potenciales. Si se trata de un competidor, se afecta a la libre competencia. En este caso, la empresa holding estatal china, la Comisión de Administración y Supervisión de Activos de Propiedad del Estado, también tiene una empresa que tiene una porción significativa (casi 30%) de Transelec. Con esto, se genera un problema de competencia que está explícitamente planteado en la ley.
¿En esta transacción hay entonces integración horizontal y vertical…?
-Hay concentración horizontal y, en la medida que el holding estatal genera mecanismos de coordinación entre sus empresas, puede haber un problema con la ley de transmisión eléctrica chilena, que establece que no debe haber integración vertical.
¿Sería nocivo que firmas estatales chinas, que son parte de una misma organización o holding, tengan este grado de concentración en una industria clave?
-Yo soy cuidadoso, dado el enorme interés que tiene Chile de continuar desarrollando los lazos comerciales con China. Mi enfoque, como fue en el caso de Tianqi y la compra de una parte de SQM -lo que incluso fue malinterpretado por el exembajador chino-, es establecer que Chile tiene un Estado de derecho, donde nadie tiene que estar por arriba de la ley. La libre competencia es muy importante, sobre todo después del estallido social, donde todos deben beneficiarse del desarrollo económico. La inversión extranjera es bienvenida, venga de donde venga, siempre que se cumplan las leyes, con altos estándares éticos y que se haga todo de forma transparente.