Como el gobierno no quedó satisfecho con la norma que prohíbe repartir dividendos a aquellas sociedades anónimas que se acojan al programa de protección del empleo, ha estado explorando las posibilidades de enmendar su redacción con todos los caminos legislativos posibles.

Esta iniciativa fue despachada la semana pasada por el Congreso, por lo cual ahora está en manos de la Secretaría General de la Presidencia para efectuar la tramitación de promulgar y publicar la Ley. “Estamos viendo cuáles son las alternativas disponibles, pero hay que hacerse cargo del problema que puede generar la forma en que quedó redactado”, ha indicado en varias ocasiones el ministro de Hacienda, Ignacio Briones. La preocupación es que esto lleve a que las empresas en problemas despidan a sus trabajadores, en lugar de suspenderlos.

Sobre la mesa tiene tres opciones para modificar el artículo.

Uno sería la posibilidad de un veto, lo cual tanteó durante el fin de semana con los parlamentarios de oposición, tanto que ayer el senador Ricardo Lagos (PPD) en la Comisión de Hacienda comentó que “se escucha que van a haber dos vetos, uno para Ingreso Familiar, y otro eventualmente para el proyecto de protección de empleo y la posibilidad de repensar la distribución de utilidades”.

Fuentes cercanas a La Moneda afirmaron que se estaba “reflexionando” sobre la alternativa de vetar la ley, pero que ello solo se haría efectivo si había respaldo suficiente en el Congreso, tarea que se hacía cuesta arriba, porque la oposición no estaba disponible para reemplazar por una modificación que ellos consideran sería más laxa.

Briones había propuesto que si una empresa recurría al seguro de cesantía con el 10% o más de su planilla, podría distribuir en dividendos en 2021 solo el límite legal de 30%, la que fue rechazada.

Otra fórmula sobre la mesa podría ser un Téngase Presente ante el Tribunal Constitucional considerando que el diputado Patricio Melero (UDI) hizo reserva de constitucionalidad, sin embargo se anticipa que una línea en ese sentido sería de incierto resultado.

La tercera, sería simplemente recurrir a un tercer proyecto de ley corta, la cual no obstante siempre puede ser un arma de doble filo y terminar con una redacción muy distinta de lo que aspira el gobierno.

Expertos

Los abogados laboralistas coinciden en que se requiere un cambio de la ley para hacerla menos restrictiva y, por ende, tener menos impacto en el mercado laboral. En particular, sobre la prohibición de repartir utilidades. En lugar de eso, proponen fijar un piso.

Benjamín Costa, socio del Estudio Navarro Abogados, dice que para “evitar el mal uso de los beneficios que otorga la Ley de Protección al Empleo, podrían haberse introducido limitaciones a la repartición excesiva de utilidades en las empresas, según el porcentaje de trabajadores de la misma acogidos a la suspensión de contrato o reducción de jornada laboral, con un límite máximo para ello también”.

Marcelo Albornoz, exdirector del Trabajo, sostuvo que “la principal restricción es la que afecta a las S.A. de no repartir utilidades, porque hay un prejuicio que no es del todo cierto de que las utilidades son sinónimo de ganancia total de los accionistas. Si una empresa no puede hacerlo, qué alternativa tiene para tener liquidez y pagar deudas de todo tipo y cubrir gastos. El tratamiento que le da al tema en la ley corta no prevé este efecto”.

Nancy Ibaceta, abogada, directora de Deloitte, acota que “la ley fue creada para evitar los despidos masivos, pero cuando pongo más restricciones para sancionar unas pocas, lo que se genera es que no se cumpla el objetivo último que era evitar despidos”.