Enel impugna más de 2 mil resoluciones por cortes de luz y pide a tribunales declarar fuerza mayor
La eléctrica interpuso un recurso de reclamación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, solicitando que se califiquen como "fuerza mayor" las interrupciones del suministro eléctrico ocurridas a partir del 1 y 2 de agosto. La empresa cuestiona 2.233 resoluciones de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) y dice que su origen fue un evento extraordinario, con vientos de hasta 124 kilómetros por hora que superan el máximo de 76 km/h de 1968. “Ni la Dirección Meteorológica de Chile ni el Senapred anticiparon con precisión la magnitud del evento”, acusó.
Enel Distribución Chile llevó a los tribunales su disputa con la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) por las responsabilidades derivadas de los cortes de luz que se iniciaron en la Región Metropolitana el 1 y 2 de agosto de 2024. La empresa, distribuidora eléctrica en el país, afirma que el corte de suministro fue provocado por un temporal sin precedentes con vientos de hasta 124 km/h, una fuerza destructiva que, según la compañía, no pudo haberse previsto.
El recurso de reclamación, de 32 páginas y patrocinado por los abogados Florencio Bernales y Raimundo Moreno, socios de Cariola, fue presentado el lunes ante la Corte de Apelaciones de Santiago. En el texto, Enel rechaza la calificación de la SEC, que atribuyó la interrupción del servicio a causas internas, es decir, de responsabilidad de la concesionaria. “Al haber sido calificadas por la SEC las interrupciones de suministro eléctrico informadas por Enel como ‘internas’, estas producen efectos jurídicos que, en consecuencia, pone a mi representada en una situación de eventual menoscabo económico de manera injustificada y expuesta a eventuales multas, junto a otras perjudiciales consecuencias jurídicas”, dice la presentación judicial.
La compañía argumenta que el temporal fue un evento “extraordinario y fuera de su control”, subrayando que los vientos fueron inesperados e imposibles de mitigar con los medios disponibles.
El temporal dejó a gran parte de Santiago sin suministro eléctrico durante varias horas e, incluso, varios días en algunas comunas, lo que generó quejas de usuarios, solicitudes de compensaciones y el inicio de un proceso fiscalizador por parte de la SEC, incluido un proceso de caducidad de la concesión que fue activado.
La SEC, reporta Enel, rechazó 2.233 de 2.248 solicitudes que Enel presentó para que las interrupciones fueran consideradas como “eventos de fuerza mayor”, lo que podría eximir a la empresa de responsabilidad.
Enel sostiene que el fenómeno meteorológico que afectó la región fue de tal magnitud que no pudo ser anticipado. La empresa cita registros de la Dirección Meteorológica de Chile (DMC), que confirmaron que los vientos alcanzaron los 124 km/h, superando el récord anterior de 76 km/h de 1968. La otra referencia fue de hace más de cuarenta años: 74 km/h en 1982. Según Enel, el viento a 124 km/h tiene aproximadamente 2,66 veces más energía cinética que el viento a 76 km/h, lo que consiste en un aumento considerable del potencial destructivo del viento sobre la infraestructura eléctrica de distribución.
El recurso de Enel también describe cómo otros fenómenos climáticos, como la presencia de un “río atmosférico” de categoría 4, intensificaron el impacto del temporal, provocando la caída de más de 2.000 árboles sobre las líneas de distribución. La compañía argumenta que, además de los vientos, las lluvias previas saturaron los suelos, debilitando los árboles y haciendo más probable su caída.
Enel acusa a la SEC de no evaluar adecuadamente las pruebas presentadas, que incluían informes meteorológicos y registros fotográficos, los cuales, según la empresa, demostraban que las interrupciones fueron causadas por factores externos. “El temporal del 1 y 2 de agosto de 2024 fue un evento sin precedentes e irresistible para Enel”, señala el recurso.
“Según las escalas de viento de Beaufort y Saffir-Simpson para huracanes, el viento registrado durante el evento meteorológico del 1 y 2 de agosto de 2024 puede ser catalogado en la escala Beaufort como Fuerza 12, denominada huracán o temporal huracanado. Asimismo, en la escala Saffir-Simpson, correspondería a un huracán de Categoría 1, lo que implica daños principalmente a árboles, casas móviles, estructuras, letreros, anuncios, entre otros”, acotó.
“Las condiciones meteorológicas del sistema frontal que azotó a la Región Metropolitana el 1 y 2 de agosto de 2024 no fueron pronosticadas con la debida anticipación ni con la certeza razonable esperada para estos eventos, ya que no era previsible que ocurriera un evento climático de estas características”, añadió.
La firma eléctrica cuestionó que los organismos encargados de emitir alertas meteorológicas no pronosticaron adecuadamente la intensidad del temporal. “Ni la Dirección Meteorológica de Chile ni el Senapred anticiparon con precisión la magnitud del evento”, argumenta la compañía.
Fuerza mayor
Uno de los puntos más controvertidos es que, según Enel, la SEC aplicó un procedimiento de urgencia que acortó los plazos para presentar la documentación requerida. El 23 de agosto, la SEC emitió una circular instruyendo a las empresas distribuidoras a presentar sus informes antes del 10 de septiembre, diez días antes del plazo habitual. Enel considera que esta decisión afectó su derecho al debido proceso, pues no se le otorgó el tiempo necesario para reunir las pruebas.
“Reducir los plazos para presentar las pruebas y luego rechazar las solicitudes por falta de probatorios es una vulneración de nuestros derechos”, afirma el documento presentado por Enel. La empresa señala que muchas de las solicitudes rechazadas fueron desestimadas por motivos formales, como la ausencia de fotografías o partes policiales, que no pudieron ser obtenidos debido a la urgencia impuesta por la SEC. La eléctrica declaró desconocer las fechas exactas de dictación las resoluciones, las que Enel solo conoció a través de la plataforma de la SEC el 27 de septiembre de 2024.
Enel solicitó al tribunal que se anulen las resoluciones impugnadas y que se califiquen las interrupciones del suministro eléctrico como eventos de fuerza mayor.
Enel concluye que cumplió con sus obligaciones de mantenimiento de las redes eléctricas y que, además, advirtió a los municipios sobre la necesidad de podar árboles cercanos a las líneas, aunque en muchos casos no recibió respuesta, lo que contribuyó a agravar el impacto del temporal.
Ni Enel ni la SEC quisieron entregar declaraciones por la judicialización del conflicto.
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