"En su relación con el empresario, el trabajador no compromete un elemento distinto de su persona, sino que compromete su persona misma. No pone en juego lo que tiene, sino lo que es" (L. Mengoni 1966).
Hombres y mujeres requieren disponer de mayor tiempo para su vida familiar, social, incluido el ocio. Por su parte, el empleador busca mayor rentabilidad vía disponer de sus trabajadores el mayor tiempo y con flexibilidad, cuando los necesite y por el tiempo exacto. Así surgen los part-time, los peaktime, el uso abusivo del artículo 22, y la más recientes propuestas de contratos por horas, extremo de la enajenación del tiempo de trabajadores y trabajadoras.
Nos enfrentamos con el proyecto de Estatuto Laboral para jóvenes estudiantes, una nueva arremetida por tratar de disponer del tiempo de la fuerza de trabajo. En este caso, de estudiantes entre 18 y 28 años, incorporando dos normas largamente anheladas por el empresariado: jornada distribuida de acuerdo con las necesidades de la empresa durante el día, y poder "pactar" la exclusión del descanso en domingos y festivos a trabajadores que no se desempeñan en empresas autorizadas por el artículo 38 del Código del Trabajo.
Si bien la Cámara de Diputados, logró reponer varios derechos básicos que el proyecto de gobierno conculcaba, aún mantiene aspectos lesivos para los trabajadores. Esta legislación se presenta como un mecanismo atractivo para permitir conciliar estudios y trabajo. La primera pregunta que habría que formular es si con la actual norma sería posible responder al mismo propósito, es decir pactar una jornada de 30 horas semanales, con varias alternativas de distribución, jornada máxima de 10 horas diarias, tiempo para colación. La respuesta, es afirmativa, bastaría recurrir a la jornada parcial que regula el Código del Trabajo, que permite ir optando semanalmente por una forma distinta de distribución. Podría entonces el empleador "pactar" con su trabajador estudiante darle facilidades para sus estudios.
Entonces, ¿para qué sirve esta nueva ley? Sirve para disponer de trabajadores durante el día en las horas exactas que el empleador lo requiera. Conforme al proyecto, un trabajador estudiante podrá tener una jornada que se inicie a las 09:00 y hasta las 11:00, luego de 13:00 a 15:00, más tarde de 17:00 a 18:00 y concluyendo de 20:00 a 21:00.
Por cierto en función de los intereses de la empresa y no de las necesidades del estudiante. La propuesta legislativa exige acuerdo del trabajador, pero todos sabemos que el contrato de trabajo es de adhesión, el trabajador toma o deja lo que le imponen en el contrato, más aún si el dependiente tiene necesidad económica, por algo el estudiante opta por sacrificar parte de su tiempo y no dedicarse exclusivamente al aprendizaje. Si se aprueba el proyecto, una empresa, en su lógica de uso eficiente de los recursos, tendrá trabajadores con un régimen laboral menos flexible y otros con la nueva modalidad propuesta; teniendo el incentivo para optar por los segundos.
Una trabajadora de aseo o cajera, jefa de hogar contratada con las reglas actuales del Código del Trabajo, quedará expuesta a que se prescinda de sus servicios para optar por una persona estudiante. En el caso de un egresado de alguna carrera, podrán "invitarlo" a suscribir un anexo para regirse por la nueva modalidad precarizando así su actual condición. El Senado tiene ahora el desafío de evitar la precarización que conlleva el proyecto.