El flanco de libre competencia: la otra arista de la Ley REP
Mientras el gobierno avanza con los decretos que fijan las metas de recolección y valorización para neumáticos y envases y embalajes, las empresas miran con atención cómo mitigar los riesgos de la interacción entre competidores que se dará al alero de los Sistemas de Gestión Colectivos de residuos. Asesoría externa y recomendaciones de la FNE, son parte de las acciones.
En junio de 2016 se publicó en el Diario Oficial la Ley 20.920 de gestión de residuos, responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje, más conocida como Ley REP.
El nuevo cuerpo legal determinó que las empresas productoras de productos prioritarios deberán recolectar sus residuos a través de un Sistema de Gestión, que podrá ser individual o colectivo.
La lógica detrás del sistema colectivo es permitirle a las empresas generar las economías de escalas y eficiencias para poder abordar los costos del proceso de reciclaje. Pero esa misma colaboración puede acarrear problemas de libre competencia, ya que los sistemas de gestión pueden estar integrados por competidoras.
Durante un seminario organizado por Fundación Sonami, que analizó los impactos de la Ley REP para el sector minero, el coordinador de la División Fusiones de la Fiscalía Nacional Económica (FNE), Aníbal Palma, explicó que que si bien los sistemas de gestión colectivos generan beneficios en cuanto a las economías de escala, "no deja de constituir una instancia formal, permanente de contacto entre competidores".
Según Palma, la experiencia internacional ha arrojado algunos efectos negativos como traspasos de información, coordinación, subidas de precios y bloqueos a terceros a través de integraciones verticales. Por ello, la FNE considera estos sistemas colectivos como una operación de concentración.
Lo anterior implicará que las empresas que quieran conformar uno deberan presentarlo ante la FNE, en forma obligatoria para aquellos que superen el umbral de ventas de US$100 millones en conjunto o US$20 millones de forma individual, según se establece en los límites vigentes para operaciones de concentración.
Dudas y gestiones
Tanto la FNE como el Ministerio de Medio Ambiente han estado entregando orientación a las empresas que han planteado dudas respecto de este tema. Un punto clave, que la ley recoge, es la prohibición de que varios sistemas de gestión individuales liciten en conjunto la recolección, con el fin de aprovechar escalas. Al respecto, durante el seminario Guillermo González, jefe de la Oficina de Economía Circular del Ministerio del Medio Ambiente, indicó que "ahí hay un problema de libre competencia, porque estás generando algo que se parece mucho a un sistema de gestión colectivo, sin ninguno de los controles que están contemplados en el trámite de notificación".
AB Chile, gremio que reúne a las principales empresas de alimentos y bebidas del país, es el que tiene más terreno avanzado en esta materia. Recientemente conformó su sistema de gestión colectivo, al que han adherido una veintena de compañías de diversos sectores, entre ellas varias competidoras directas. Consultado al respecto, su presidente Rodrigo Álvarez contó que los aspectos de libre competencia los están trabajando con los abogados Ricardo Jungmann y Richard Peña, quienes "ya se encuentran elaborando los estatutos que regirán a nuestro sistema de gestión, además de apoyar en la adopción de todas las medidas que nos permitan tomar los resguardos y cumplir los más altos estándares durante su proceso de conformación". Dicho estatuto contempla, entre otras medidas, un directorio independiente, un gerente de cumplimiento que reporte directamente al directorio y una gerencia de auditoría. Además, implementaron un plan piloto en Providencia, que les permite monitorear cómo se comportará en la páctica el sistema de gestión que, a juicio de Álvarez, "conlleva desafíos importantes en materia legal".
Comenta
Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.