FNE inicia investigación por acuerdo entre Codelco y SQM para explotación de litio
La aprobación por parte de la Fiscalía Nacional Económica forma parte de las llamadas condiciones previas, las cuales fueron informadas por ambas compañías al momento de sellar el pacto el 31 de mayo.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) dio inicio este jueves al período de investigación o revisión de antecedentes de libre competencia necesarios respecto del acuerdo alcanzado entre Codelco y SQM para la explotación de litio en el salar de Atacama, informó la minera estatal.
Esta exigencia legal forma parte de las llamadas condiciones previas, las cuales fueron dadas a conocer al momento de sellar el pacto el 31 de mayo.
Entre estas, se encuentran exigencias técnicas y ambientales, como las consultas indígenas correspondientes. En específico, se hace referencia a las aprobaciones de la Comisión Chilena de Energía Nuclear, la Contraloría General de la República y otros organismos de libre competencia a nivel internacional.
Tal como había adelantado Pulso, en el caso de la revisión por parte de la FNE la operación fue notificada el 30 de julio de 2024 y tras el inicio ahora del proceso de estudio, el organismo cuenta con 30 días hábiles.
“A esta fecha, las gestiones avanzan según el cronograma establecido por los equipos, tanto en lo relacionado a los trámites frente a las autoridades correspondientes como en lo relativo a la constitución de la nueva sociedad. Se espera alcanzar su completitud durante la primera parte de 2025″, señaló Codelco.
Otras aprobaciones
La alianza entre entre las dos gigantes mineras comenzó a ser negociada en mayo de 2023 y el primer acuerdo, vía memorándum de entendimiento, se logró en diciembre pasado; el acuerdo final, en tanto, se firmó el último día de mayo de 2024.
Pero restan varios pasos para que el acuerdo se materialice .Las partes mencionaron al menos otras siete jurisdicciones en las cuales deberán conseguir la autorización de libre competencia.
La lista es extensa: deben someter la alianza al juicio de la Autoridad General para la competencia del Reino de Arabia Saudita; el Consejo Administrativo de Defensa Económica de Brasil; la Administración Estatal de Regulación de Mercado de la República Popular China; la Comisión de Comercio Justo de Corea; la Comisión Europea; la Comisión de Comercio Justo de Taiwán y la Comisión de Comercio Justo de Japón.
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