Luego que, en el marco de la reciente aprobación de la Ley que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (Ley SBAP) el Ministerio de Medio Ambiente enviara la semana pasada un oficio a una serie de reparticiones públicas en el que suspende el procedimiento de otorgamiento de concesiones acuícolas en áreas protegidas que no cuenten con un plan de manejo vigente, la Fundación Terram realizó un llamado al Presidente Gabriel Boric para que instruya a otros ministerios sobre dicha regulación.
.”El oficio N°234053 emitido por el Ministerio del Medio Ambiente donde informa a otros organismos la suspensión del otorgamiento de nuevas concesiones de acuicultura en trámite al interior de áreas protegidas, no hizo más que comunicar a las demás reparticiones un aspecto específico de la Ley recién publicada que entró en vigencia”, dijo la organización ambiental en una declaración pública.
“Sin embargo, para la adecuada aplicación del Ley N°21.600, desde Fundación Terram nos parece necesario que el Presidente Boric instruya a los demás ministerios con competencias en la materia a hacer cumplir la Ley SBAP y no otorgar nuevas concesiones actualmente en trámite dentro de áreas protegidas, en particular al Ministerio de Defensa, del cual depende la Subsecretaría para las Fuerzas Armadas (SSFFAA), organismo responsable del otorgamiento de estas concesiones”, indicó.
La Fundación señaló que actualmente, las solicitudes de concesiones salmoneras en trámite se concentran en la Reserva Forestal Las Guaitecas y Reserva Nacional Kawésqar, en las regiones de Aysén y Magallanes, respectivamente.
“Ambas áreas protegidas no cuentan con un plan de manejo, por lo que tampoco es posible definir la compatibilidad de la actividad con el área protegida, pese a que resulta evidente que la salmonicultura, con sus altos niveles de impacto ambiental ampliamente demostrados, no es compatible con la protección de la naturaleza”, afirmó.
En este sentido sostuvo que tal como lo ha entendido el Tribunal Constitucional, en línea con los criterios de la Corte Suprema para identificar un derecho adquirido, es importante tener presente que mientras no se constituya una concesión no es posible hablar de derecho adquirido, teniendo los solicitantes sólo una expectativa de obtener este derecho.
Por otra parte, añadió al no disponer la ley de un artículo transitorio que defina un plazo para la entrada en vigencia de los nuevos requisitos para otorgar una concesión en áreas protegidas, estos requisitos comienzan a regir desde la publicación de la ley en el Diario Oficial, esto es, el 6 de septiembre de 2023.
Asimismo sostuvo que “todas estas concesiones al estar en trámite y ser solo una expectativa, no tienen centros de cultivo en su interior y, por tanto, ningún empleo asociado que pueda verse afectado, como tampoco lo tienen las decenas de concesiones otorgadas desde hace años que jamás han operado, y que pese a incurrir en causal de caducidad, aún no son caducadas por la SSFFAA”.
Rechazo en regiones
La medida ha generado malestar en algunas regiones en las que opera la industria salmonera, como Los Lagos, Aysén y Magallanes. A inicios de mayo se realizaron diversas manifestaciones por parte de trabajadores, quienes, alertados por la iniciativa salieron a protestar en defensa de sus puestos de trabajo..
De hecho, en la tramitación de la Ley el Congreso rechazó la medida de prohibir las concesiones salmoneras en áreas protegidas.
Sin embargo, ahora, según las fuentes consultadas por Pulso, este nuevo instructivo del Ministerio del Medio Ambiente viene a reinterpretar la ley, para producir el mismo efecto que tenía la reforma legal frustrada.