El Ministerio de Energía, que encabeza Susana Jiménez, decidió activar un mecanismo que permite a los clientes de gas por cañería cambiar su proveedor de manera expedita, con lo que se busca incentivar la competencia.
Esto, luego que se pusiera en marcha el procedimiento que establece este derecho para los consumidores de gas natural o gas licuado de petróleo abastecido con tanque en edificios, condominios y viviendas particulares a cambiar de empresa distribuidora. Todo esto, a contar de este mes.
Según la ministra Jiménez (en la foto), el efecto de esta medida es que los clientes de gas residencial tendrán mayor flexibilidad para elegir a su proveedor. La norma estaba incluida en la Ley N° 20.999 que generó un nuevo marco normativo para la industria de gas por red.
Según el Ministerio de Energía, en Chile hay unos 720 mil clientes concesionados (que usan redes ubicadas en las calles), más otros 350 mil clientes no concesionados, que usan estanques de gas licuado (GLP), para abastecerse, principalmente edificios y condominios. Con estas cifras, en total son unos 4.000.000 personas las que potencialmente podrían acceder a este beneficio, lo que equivale a alrededor del 25% de toda la población nacional.
El gobierno está mirando más a condominios y edificios, que es donde es más factible cambiar proveedor. Por ello, en una primera etapa será allí donde va a apuntar esta política. "Desde ahora, las empresas distribuidoras de gas no podrán pactar con los clientes con servicio de gas residencial cláusulas que dificulten o entorpezcan el término del contrato de servicio de gas, ni cláusulas de exclusividad o permanencia mínima que excedan el plazo de dos años, contado desde el inicio de suministro, o de cinco años para los nuevos proyectos inmobiliarios o en caso de conversiones de un tipo de gas a otro", indicó la ministra Jiménez.
Los consumidores podrán poner término libremente a cualquier contrato de servicio de gas existente si éste tiene una antigüedad anterior al 9 de febrero de 2012.
Los contratos suscritos entre el 9 de febrero de 2012 y el 9 de febrero de 2017 mantendrán la exclusividad o permanencia solo por el período que reste para completar cinco años, o el plazo menor que hubiese sido pactado.