Gobierno cede ante casinos y permite que operen en fase 2
Anteriormente, los casinos solo podían funcionar si la comuna en donde estaban ubicados se encontraba de fase 3 o posterior.
El gobierno cede ante la demanda de los casinos y estos se anotan un nuevo triunfo.
La Superintendencia de Casinos y Juegos sacó un oficio en el que permite a estas empresas abrir sus puertas a partir de la fase 2 del plan Paso a Paso.
En dicho documento, el regulador sostiene que con base a lo dispuesto en la la resolución exenta número 43 del Ministerio de Salud, donde se dispusieron nuevas medidas sanitarias y se estableció un nuevo plan Paso a Paso, se decidió que las operadoras y concesionarias municipales de casinos de juego puedan reiniciar de manera voluntaria sus operaciones en el Paso 2 únicamente en espacios abiertos.
Esto, en atención a “los buenos resultados de protección sanitaria obtenidos por la industria en sus etapas de reinicio de operaciones”. Anteriormente, los casinos solo podían funcionar si la comuna en donde estaban ubicados se encontraba de fase 3 del antiguo plan Paso a Paso.
Pero para efectos de esta adecuación, el regulador dispuso que, los casinos ubicados en zonas que estén en fase 2 podrán funcionar siempre y cuando se resguarde las distancias establecidas para el uso de las máquinas de azar. Esto implica un metro distancia en la medida que existan barreras acrílicas, y dos metros en el caso de que no lo hubiese. Se prohíbe expresamente el consumo de alimentos y bebidas.
Además, el regulador dispuso que una vez que los establecimientos reinicien las operaciones, estos deberán mantener el funcionamiento al menos durante tres días a la semana, mientras la comuna en donde se ubica se mantenga en las fases 2, 3, 4 o 5. Tratándose de comunas en Paso 2, los tres días deben ser entre lunes y viernes en un horario en que no trasgreda en toque de queda.
Para efectos de todo lo anterior, el establecimiento deberá informar a través del Sistema de Autorizaciones y Notificaciones (SAYN) la fecha de inicio de operaciones para comenzar a funcionar de inmediato en el caso de las sociedades operadoras que ya hubiesen sido fiscalizadas por la Superintendencia para operar en fase 3; y de cinco días hábiles en el caso de aquellas que a la fecha no hayan sido fiscalizadas con estos fines, las que además deberán acompañar el registro con un informe con todas las medidas adoptadas para ajustar su funcionamiento.
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