En el gobierno no cayó nada bien el avance en el Congreso del proyecto que permite un retiro de fondos de rentas vitalicias, similar al efectuado desde las AFP, justo cuando parten las negociaciones para retomar la anisada reforma a las pensiones.
La Comisión de Constitución despachó a la sala este proyecto por una mayoría de 7 votos, 6 de la oposición más el diputado Jorge Durán (RN) y tres votos en contra del oficialismo, luego que se presentara una indicación sustitutiva para sortear las dudas constitucionales que desde un principio rodearon esta idea.
Durante la sesión del miércoles el ministro secretario general de la Presidencia, Juan José Ossa, ya expresó la intención de recurrir ante el Tribunal Constitucional (TC). “Queremos hacer breve reserva de constitucionalidad, porque si bien es una indicación que recién estamos conociendo, creemos que infringe algunos artículos, que no se está respetando el contenido permanente de la Constitución ni la forma en la que ésta se debe reformar, que afecta el derecho a seguridad social, a realizar cualquier actividad económica lícita y afecta el derecho de propiedad”, remarcó.
Y este jueves el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, enfatizó en esa postura. “Por supuesto que sí, porque los argumentos son los mismos. Nosotros cuando recurrimos al Tribunal Constitucional por el segundo retiro siempre dijimos ´mire este no es el segundo retiro per se’. Aquí lo que nosotros estamos impugnando es una forma de legitimidad”, sostuvo en conversación con Infinita.
El secretario de Estado reiteró los argumentos esgrimidos para el segundo retiro, señalando que esta iniciativa legal supone un “atajo constitucional”, una “Constitución paralela” que “inunda” las facultades privativas del presidente en materia de gasto público, impuestos y seguridad social.
“Y como dijo el Tribunal Constitucional, ningún poder del Estado se puede arrogar ese derecho. Entonces, a mismas razones mismas disposiciones”, sostuvo.
La iniciativa
En términos generales, el proyecto establece un retiro similar al del las AFPs con un mínimo de 35 UF y un máximo de 150 UF, que será descontado de la pensión durante la renta vitalicia futura, según las tablas de mortalidad del sistema. Los plazos de pago empezarán a regir una vez publicada la Ley.
También se señala que después de 30 días de publicada, el Presidente deberá remitir al Congreso un proyecto para regular los casos en que la persona beneficiada no alcanzara a pagar este anticipo. “Si fallece el afiliado y hay cuotas pendientes de pago, hay que definir como el Estado se hará cargo de ese saldo insoluble, con un seguro de desgravamen”, explicó Walker.
En esa línea, Briones afirmó que el proyecto de rentas vitalicias también afecta otros derechos como el de propiedad.
“Los mismos diputados reconocen que la plata no es de las personas, que fue traspasada a las compañías de seguros a través de un contrato. La verdad es que no se entiende este tema”, afirmó.
“Aunque no sea popular, es tan importante defender las reglas, sobre todo cuando estamos en un proceso constitucional”, sostuvo el jefe de Teatinos 120.