Ley antievasión: Hacienda anticipa medidas para agilizar implementación de norma de repatriación de capitales

MARIO MARCEL
23 SEPTIEMBRE 2024 MINISTRO DE HACIENDA MARIO MARCEL DURANTE SESION DE SALA DEL SENADO. FOTO: DEDVI MISSENE

Si bien el anuncio fue valorado por los expertos tributarios, mantienen sus reparos por el corto plazo que estará vigente esta norma, que en la práctica será de un mes. Por ello, insisten en extender el período a través de una ley.


Es uno de los principales cambios que incluyó la ley antievasión que tendrá efectos recaudatorios este 2024. Se trata de la nueva ventana que se abrió para repatriar capitales y regularizar su situación tributaria. Esta norma permitirá a los contribuyentes declarar bienes y rentas extranjeras ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) de manera voluntaria y extraordinaria, mediante el pago de un impuesto sustitutivo del 12%.

De acuerdo a la proyección de ingresos estructurales que generará la ley de cumplimiento tributario, Hacienda espera contar con $661.579 millones, unos US$713 millones (con dólar a $928 proyectado por Hacienda para 2024) este año. De ese total, $644.077 millones (US$694 millones) ingresarían por la repatriación de capitales.

Estos mayores ingresos el Ministerio de Hacienda los tiene considerados para lograr cumplir las metas fiscales de 2024. En la actualización de las finanzas públicas, se proyectó que el déficit fiscal efectivo de este año será de 2% del PIB, mientras que el estructural se ubicará en -2,3% del PIB, alejándose de la meta prevista de -1,9%. No obstante, el ministro Mario Marcel enfatizó que seguirán haciendo los “esfuerzos necesarios” para cumplir con el -1,9%.

De acuerdo a la ley, la ventana de repatriación estará disponible desde el mes siguiente a su publicación y hasta el 30 de noviembre de 2024. Es decir, si la ley se publica por estos días, el proceso comenzará a principios de noviembre, dejando solo un mes para poder regularizar los capitales. Por ello, y dado el acotado plazo, Hacienda anunció este viernes una serie de medidas para facilitar su aplicación.

“Para agilizar el proceso nos vamos a enfocar en informar, facilitar el ingreso de las solicitudes y después vendrá todo el proceso de revisión, y sólo cuando corresponda de requerimiento de información complementaria”, sostuvo el ministro de Hacienda Mario Marcel.

El titular de las finanzas públicas detalló tres acciones al respecto: se difundirá, desde ya, información y orientación a los contribuyentes; se están diseñando todos los procedimientos de modo que estén operativos en cuanto empiece a funcionar la vigencia de la ley, y se buscará simplificar el acceso. “Nos queremos focalizar en el ingreso de las solicitudes de parte de los contribuyentes, que ese sea el primer paso, y que exista cierta flexibilidad para aportar los antecedentes de respaldo con posterioridad a la declaración”, explicó el secretario de Estado.

HACIENDA
1 OCTUBRE 2024 EL MINISTRO DE HACIENDA, MARIO MARCEL Y LA DIRECTORA DE PRESUPUESTO, JAVIERA MARTINEZ, PRESENTAN PRESUPUESTO 2025. FOTO: DEDVI MISSENE

Reacciones

Los expertos tributarios si bien valoraron lo anunciado por Hacienda, consideran que no es suficiente para lograr que la medida tenga efectos. Esto, principalmente por el acotado tiempo que se dejó estipulado en la ley. Por ello, insistieron en la necesidad de que se envíe una ley que extienda el plazo.

Al respecto, Hugo Hurtado, socio líder de Tax & Legal de Deloitte, afirmó que si bien la propuesta de Hacienda puede tener algún impacto, “será más bien limitado en el sentido de que es demasiado corto el plazo”.

Hurtado explicó que pese a que se podrá comenzar a presentar documentación con trámites que se pueda agilizar, la ventana sigue siendo acotada, ya que los interesados “tienen que revisar y respaldar su situación actual con documentos, ya que si después no la pueden respaldar, no serán elegibles para el beneficio, y si eso pasa, tendrán que pagar un impuesto más alto que el 12%”. Para Hurtado, la vía correcta “es modificar la vigencia y se extienda por unos seis meses”.

A Loreto Pelegrí, socia del Área Legal y Tributaria de PwC Chile, le llamó la atención que Hacienda señale que existirá cierta flexibilización en la presentación de los antecedentes, cuando la misma ley señala que la declaración deberá ser presentada por el contribuyente ante el Servicio de Impuestos Internos, dentro del plazo que fija este artículo, junto con todos los antecedentes de hecho y de derecho en que se funde. “O sea, la propia ley de cumplimiento no se estaría cumpliendo, suena paradójico”. Para Pelegrí “preocupa que se puedan presentar declaraciones incompletas y, dado eso, no se emita el giro o no se pueda amparar la amnistía”.

Javiera Campos, directora Tributación Internacional de CCL Auditores Consultores, agregó que si bien se trata de cambios positivos y que seguramente “serán agradecidos por los contribuyentes interesados en sujetarse al proceso, la extensión del plazo es muy menor y poco significativa”. Esto, porque toda la entrega de información de respaldo, “hasta antes de que el SII emita el giro del impuesto del 12%, se debe realizar dentro de los cinco días hábiles posteriores a la fecha de la presentación de la declaración”.

Mientras Gonzalo Garrido, de Serrano Abogados, acotó que “es positivo que se ofrezca flexibilidad para presentar los antecedentes de respaldo con posterioridad a la solicitud, pero el verdadero desafío radica en el plazo acotado, lo que genera una presión excesiva sobre los contribuyentes”.

Y Alberto Cuevas, Socio Tax & Legal - Consultoría Tributaria de KPMG puntualizó que “puede ayudar para que las presentaciones por parte de los interesados se hagan más fácilmente dentro del plazo tan limitado. Sin embargo, siempre se deberá esperar la información que entidades como la unidad de análisis financiero entreguen al SII para evitar que personas vinculadas a ciertos delitos graves como el narcotráfico o al crimen organizado se acojan indebidamente a este sistema”.

Para Cuevas “se debe tener presente que cualquier flexibilización del procedimiento debe cautelar dos cosas esenciales. Primero, que hacerlo a la rápida no implique implementar sistemas vulnerables que comprometan la reserva de la identidad de las personas que están declarando y, segundo, que no se acojan personas que no cumplan con los requisitos legales, dado que ello, frente a una revisión de los organismos que velan por la integridad del sistema financiero, podría tener un impacto muy negativo”.

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