Las isapres estaban a la espera de un decisivo fallo que debía dictar la Corte Suprema y este jueves llegó: por cinco votos a cero, la Tercera Sala del máximo tribunal falló contra las aseguradoras y frenó las alzas de precios de los planes de salud. Pero lo sorpresivo e inédito de esta resolución es que no solo lo ordenó para las 300 mil personas que han recurrido a tribunales, sino que congeló el incremento para la totalidad de los afiliados del sistema.

En todo caso, la Suprema reconoció que las isapres sí pueden hacer un alza de planes, pero tiene que estar debidamente fundado y justificado, por lo que ahora resta que la Superintendencia de Salud entregue las instrucciones sobre cómo se va a proceder para iniciar el nuevo proceso de adecuación, y en qué plazos.

Eso es, precisamente, lo que más preocupa a la industria en este momento: que el proceso se pueda concretar, y se haga rápido. De lo contrario, advierten que el escenario es sombrío, ya que proyectan que el sector no soportaría un tercer año de precios congelados.

Pero más allá del resultado del fallo sobre el fondo del asunto, también algunos abogados consultados estiman que esta sentencia de la Suprema podría acabar con la judicialización por alza de planes de salud, aunque otros creen que más bien apuntaría a una desaceleración de ella, si se cumplen ciertas condiciones.

La ministra vocera de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, salió este viernes a explicar los alcances del fallo. Y, entre otras cosas, se refirió al hecho de que el máximo tribunal, junto con la sentencia, dictó una serie de medidas destinadas a comunicar a las Cortes de Apelaciones del país las decisiones para resolver casos similares. “Lo que pasa es que nosotros estamos conscientes, como Poder Judicial, que desgraciadamente estas situaciones producen una extrema judicialización”, comentó.

En esa línea, dijo que “la judicialización significa costos en tiempos, costos para las partes, y una serie de dificultades para todos, que nosotros queremos evitar. En consecuencia, dado que hay una resolución que tiene este alcance general, que yo he explicado, porque refiere a una declaración que aplica a la vez a todos los planes y todos los afiliados, lo que se ha ordenado en la sentencia es poner una copia de la sentencia correspondiente en cada uno de los procesos que están abiertos en esta materia, de tal manera que se puedan resolver inmediatamente de que ya hay una decisión, a fin de evitar la judicialización, el gasto y el desgaste que esto genera”.

Los abogados que creen que con esta sentencia podría terminar la judicialización, argumentan, primero, que la Suprema esta vez, a diferencia de lo que ocurría anteriormente, no condenó en costas a las isapres, por lo que estiman que aquellos abogados que interponían recursos de protección con el objeto de ganar dinero, ya no tendrían incentivo para hacerlo. Sin embargo, también hay abogados que no tienen tan claro que acá las isapres no tengan que pagar costas, por lo que advierten que probablemente se tendrá que pedir una aclaración a la Suprema.

En segundo lugar, señalan que la sentencia de la Corte Suprema validó que las isapres efectivamente pueden subir los planes de salud, pero estos incrementos deben estar fundados y debidamente justificados, por lo que estiman que si ese proceso se hace ahora de forma adecuada, según lo que dictó la Suprema, no habría mayor espacio para que sigan ingresando recursos de protección de este tipo.

Ello, considerando que la ministra vocera de la Suprema enfatizó que efectivamente “puede haber un alza, pero lo que no puede haber es un alza que no tenga la justificación que se exige desde el punto de vista legal, y que tiene que ver con la amplia transparencia para los afiliados respecto de las alzas de las isapres”.

En tercer lugar, abogados esgrimen que el máximo tribunal estableció que el reajuste que se puede realizar siempre que sea justificado, aplica para todos los afiliados y no solo para quienes recurrieron a la justicia, por lo que daría más certidumbre hacia futuro.

Sin embargo, para el profesor de derecho administrativo de la Universidad de Chile, Luis Cordero, no es claro que la judicialización vaya a terminar. “No lo veo claro. La Corte sostuvo que el aumento del precio base requiere de fundamentación considerando los aspectos que establece la norma, es decir, que no puede llegar y asumir el porcentaje máximo autorizado por la Superintendencia. Esto se traduce en que si cumple con ese estándar, es posible -teóricamente- que se produzca una judicialización, esta vez, sobre los motivos. Pero es altamente probable que si esa motivación está bien construida por parte de las isapres, los incentivos a la litigación por ese aspecto disminuyan”, expone.

El exsuperintendente de Salud, Patricio Fernández, comenta que se podría considerar que hay dos aspectos positivos del fallo. “Uno es que la Suprema, una vez que se cumplan las condiciones que establece como imperativas para la Superintendencia de Salud y que las isapres cumplan con eso, se podría eventualmente rehacer este proceso de adecuación 2022, (aunque) yo lo veo difícil, más que todo por los plazos, y porque la ley es la que contempla las fechas exactas, pero el mandato de la Suprema en el fallo es así”.

Y en segundo lugar, cree que “una vez que se cumplan estas condiciones, para los futuros procesos de adecuación, claramente la Suprema lo que entiende es que ya carecería de fundamento la interposición de recursos de protección. Ahora, la pregunta es, ¿darán los tiempos para eso? Creo que esa es la gran duda. Con los tiempos, me refiero a la estabilidad financiera y los riesgos financieros del sistema”.

La profesora de la Universidad Católica y también economista, María Elina Cruz, dice que no coincide en que se vaya a acabar en general la judicialización, “pero lo curioso es que en la sentencia, en las últimas consideraciones o exposiciones adicionales, se dice que la Tercera Sala de la Corte Suprema va a fallar todas las causas de este tipo, las va a decidir de la misma manera, y lo dice específicamente para todas las cortes en que hoy día hay este tipo de recursos. Es bien curioso, porque no se hace normalmente en causas (...) Entonces, está tratando de uniformar directamente jurisprudencia, y se acabaría la judicialización de las causas que ya existen sobre este tema, o sobre las futuras causas que existan sobre este tema sobre las cuales fue dictada la sentencia”.

La masiva judicialización por el alza de planes ha sido un dolor de cabeza no solo para las isapres, sino también para el Poder Judicial. El 1 de marzo el presidente de la Suprema, Juan Eduardo Fuentes, en la cuenta pública que anualmente da inicio oficial al año judicial, comentó: “Me quiero referir a la ya antigua problemática de los recursos de protección de isapres”. Y agregó que “en reiteradas ocasiones nuestra institución hizo presente la necesidad de solución legal a esta problemática. Pues bien, en virtud de la Ley N° 21.350, publicada en junio del año pasado, no solo se congelaron los precios de los planes ofrecidos por las isapres, sino también se estableció un sistema de reajustabilidad de tales planes, cuyos montos máximos serán fijados anualmente por la Superintendencia de Salud. Cabe reconocer al legislador haber adoptado una medida orientada a enfrentar este problema”.