La Corte de Apelaciones de Santiago revirtió la sentencia del Primer Juzgado de Letras del Trabajo y falló a favor del sindicato tripulantes de cabina de Lan Express respecto a la forma en que se llevó el término de la huelga y el contrato colectivo a regir. Esto, podría significar el fin de una de las más polémicas negociaciones colectivas, al menos desde que se implementó la Reforma Laboral.
En concreto, la Corte estableció que el término de la huelga acordada el 25 de abril de 2018, es legal, y que la última oferta del empleador se encontraba vigente al momento de ser suscrita por el sindicato, de manera que constituye el instrumento colectivo que regirá a las partes entre el 1 de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2021.
La polémica se generó cuando el sindicato puso fin a la huelga que se extendía por 17 días, tras decisión mayoritaria de la asamblea de afiliados, y decidieron suscribir la última oferta propuesta por LAN el 23 de marzo.
Sin embargo, este procedimiento fue desconocido por la empresa, que aseguró que la organización sindical no habría cumplido con las normas del procedimiento de negociación colectiva, mientras que la Dirección del Trabajo también desestimó la postura del sindicato sobre el término unilateral de la huelga. "En opinión de este Servicio, la comunicación del sindicato no produciría el efecto de poner término a la huelga actualmente vigente, toda vez que la última oferta de la empresa de fecha 23 de marzo de 2018 fue rechazada en su oportunidad por la mayoría absoluta de los trabajadores", señaló en aquel entonces la Dirección del Trabajo.
En primera instancia la justicia le dio la razón a la empresa y a la Dirección del Trabajo.
Patricia Silva, asesora legal del sindicato y ex directora del Trabajo, señaló que "estamos muy contentos y satisfechos" y destacó que se trata de una resolución contundente que además marca un precedente importante porque le devuelve a los trabajadores el derecho de poner término a una huelga. "Es un componente muy relevante porque se le devuelve a los trabajadores un derecho de no solamente iniciar una huelga sino también de poner término a ella sin tener que consultarle a un tercero, ni a una empresa ni a la Dirección del Trabajo en este caso", dice.
Consultado desde Latam Airlines señalaron que se encuentran analizando el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago para definir sus próximos pasos.