Tras más de dos décadas de vigencia, la actual normativa de copropiedad inmobiliaria está ad portas de ser reformada en el Congreso.
Se trata de una batería de propuestas que modernizará la actual regulación sobre condominios, que se hace cargo de materias respecto de las cuales se ha levantado controversia como, por ejemplo, el funcionamiento de los administradores, la obligación de presentar balances periódicamente y, además, estableciendo instancias de resolución de controversias.
La semana pasada, la iniciativa fue despachada por la Comisión de Vivienda de la Cámara de Diputados, que la derivó a su par de Hacienda. Luego de la revisión en esa instancia, y considerando que el Senado ya analizó el proyecto, estaría lista para pasar a la sala y convertirse en ley.
“Este proyecto, representa un tremendo avance regulatorio, sobre todo de temas que han generado controversias al interior de comunidades, y es un notable esfuerzo por modernizar y ajustar las reglas de copropiedad, sentando las bases para una adecuada convivencia”, asegura Persis Hernández, abogada de Aylwin Mendoza Luksic & Valencia.
El proyecto establece varias modificaciones a la ley de copropiedad en materias de administración, reglamentos y obligaciones económicas.
- En primer lugar, incorpora la creación del Registro Nacional de Administradores de Condominios. En este registro se deberán inscribir todas las personas, naturales o jurídicas, que ejerzan como administradores o subadministradores de condominios. Este estará a cargo del Ministerio de Vivienda (Minvu).
- Otro punto importante es que los miembros del comité de administración podrán acceder a descuentos en los gastos comunes, a manera de retribución. Actualmente, estos ejercen sin ninguna remuneración.
- El proyecto también contempla nuevas instancias de reclamación. En concreto, la propuesta establece que las seremis Minvu sean los organismos encargados de resolver las reclamaciones contra los administradores.
- En materia de administración, además, se podrán constituir subadministraciones, las cuales serán obligatorias para aquellos condominios que superen las 200 viviendas.
- El proyecto de ley también abarca aspectos como los reglamentos de copropiedad, con el propósito de poner fin a discriminaciones a residentes de edificios y condominios. Por ejemplo, no podrán incorporarse disposiciones que prohíban la tenencia de mascotas o que vulneren la Ley contra la Discriminación. Además, se contempla una acción de nulidad contra las normas que no se ajusten a la ley o reglamento.
- Por otra parte, se simplifica la citación de asambleas, mediante correo electrónico, quorum de constitución y de aprobación de los acuerdos. Además, se podrá participar de forma virtual. Estas modificaciones buscan ajustar la normativa a los tiempos actuales, permitiendo la utilización de recursos digitales por sobre la necesidad presencial del residente.
- En materia de comunicaciones, se crea un registro de correos electrónicos y de domicilios de los copropietarios, y se deberá contar con un libro de novedades.
- En cuanto a obligaciones económicas, el proyecto establece que los residentes morosos podrán celebrar convenios de pago de gastos comunes, de manera tal de buscar alternativas para que la persona se ponga al día y que no se deba incurrir en cortes de servicios básicos.
- Otro punto importante es que, además, los copropietarios antes de vender o transferir una vivienda, deberán declarar que ésta no tiene deudas del condominio, ya sea mediante una escritura pública o en un certificado. O bien, indicar en el documento las obligaciones económicas que adeuden.