Gobierno fija en cerca de US$ 1.000 millones devolución de isapres a afiliados en ley corta
Esto es más del doble que el monto de US$451 millones que propusieron los expertos, y es menor que los US$1.400 millones calculados por la Superintendencia de Salud. La diferencia se da principalmente porque el Ejecutivo acogió la propuesta de la Comisión Técnica de que todos tengan un plan equivalente a su 7% de cotización, pero desechó la mutualización. También aceptó que la devolución se haga en hasta diez años, y permitirá que las isapres, eventualmente, puedan hacer un alza del precio base de manera excepcional.
Varias novedades hubo en las indicaciones que este viernes ingresó el gobierno a la ley corta de isapres que se está tramitando en la Comisión de Salud del Senado, la cual busca poner en marcha el fallo sobre tabla de factores que dictó hace casi un año la Corte Suprema, y a la vez evitar la caída del sistema de aseguramiento privado de salud, enmiendas que por ahora cada isapre está analizando, pero que a que primera vista no gustaron en la industria.
En las indicaciones que introdujo el Ejecutivo, acogió algunas de las propuestas que hicieron los expertos de la instancia técnica que trabajó al alero de la Comisión de Salud del Senado, pero también desechó otras. En este contexto, el gobierno terminó por fijar una fórmula que significa que, al aplicar la tabla única de factores a todos los afiliados tal como lo definió la Suprema y devolver los montos cobrados por las cargas no natas y menores de dos años de edad, la deuda de las isapres con sus afiliados queda en cerca de $900 mil millones, unos US$1.000 millones, monto que podría variar de aquí a que se hagan las devoluciones.
Esto es más del doble que los US$451 millones que habían propuesto los expertos, y es menor que los US$1.400 millones que había calculado la Superintendencia de Salud. La diferencia con el cálculo del regulador se da principalmente porque el gobierno acogió una propuesta de los expertos, la cual apunta a que desde que se apruebe la ley, la regla general será que todas las personas estén obligadas a aportar al sistema su cotización de 7% de las remuneraciones imponibles, sin generar excedentes individuales hacia futuro como sucede en la actualidad. Eso, a juicio de los técnicos, justamente reducía el pasivo en poco más de US$360 millones.
La ministra de Salud, Ximena Aguilera, dijo este viernes en un punto de prensa que esta medida “va a afectar tanto los cobros en exceso, como el cálculo de los planes a futuro. Quienes tenían un plan con un monto inferior al 7%, que es aproximadamente un 30% de los afiliados a isapres, podrán optar a mayores beneficios, en consistencia con la reducción de los excedentes”.
Pero la razón principal por la cual el tamaño de la deuda es más del doble que lo calculado por los técnicos, es porque el gobierno no acogió la llamada mutualización que propusieron los expertos, medida que apuntaba a que, para calcular los pagos hechos en exceso por el no uso de la tabla única de factores, se consideren los efectos que habría tenido su uso sobre el total del sistema, y no los efectos individuales. En cambio, acá, el gobierno insiste en la fórmula de cálculo que usó la Superintendencia de Salud, esto es, ver el efecto contrato a contrato.
Al respecto, el ministro de Justicia, Luis Cordero, comentó este viernes que “el Ejecutivo, considerando el informe de los expertos, ha excluido la mutualización como se ha recomendado, y la razón es estrictamente jurídica. Tal como señala el fallo principal en el caso de tabla de factores, como también aprovechó de recordar la Corte Suprema en la resolución del 5 de octubre de este año, donde se amplió el plazo para cumplir con la sentencia, la Corte recordó que existen obligaciones con los usuarios, a los cuales beneficiaría la sentencia, y en consecuencia, los efectos de mutualización podrían provocar el incumplimiento de la sentencia”.
La ministra de Salud agregó que “estas indicaciones se presentan responsablemente para dar certezas jurídicas con respecto al fallo de la Corte Suprema y garantizar a los usuarios que se sigan atendiendo en el sistema”.
Los detalles
Las indicaciones que ingresó el gobierno consideran que las isapres deberán presentar a la Superintendencia de Salud un plan de pago de la deuda, el cual será revisado en el Consejo Consultivo sobre Seguros Previsionales que esta ley buscará crear de manera permanente para que asesore al regulador. En dicho plan de pago, que deberá obtener el visto bueno de la Superintendencia para su aplicación, las aseguradoras deberán definir, entre otras cosas, el plazo para devolver los montos, el cual “podrá ser de hasta diez años”, tal como habían recomendado los expertos.
En ese plan de pago las isapres también deberán incorporar una propuesta de reducción de costos. Pero no solo eso, porque ahí eventualmente también se les podría permitir, de forma excepcional, subir el precio base para la totalidad de su cartera de afiliados, siempre que haya “una propuesta fundada”, incremento que podrán proponer al regulador “en un porcentaje o monto necesario para cubrir el costo de las prestaciones, licencias médicas y otros beneficios de sus personas afiliadas y beneficiarias”.
Las indicaciones agregan que estos incrementos del precio base “no podrá considerar el déficit que pudiese haber presentado la Institución de Salud Previsional con anterioridad al 30 de noviembre de 2022. Además, si bien el texto no lo señala, las isapres podrán proponer que dicho incremento sea gradual, según señalan fuentes del gobierno. Pese a que los expertos habían calculado distintos escenarios para ver cuál sería el alza promedio del precio base de los planes de salud bajo la propuesta que hicieron los técnicos (uno de ellos hablaba que sería de entre 16,7% y 12,7%), desde el gobierno no han dado proyecciones sobre cuánto podrían subir los precios base, y en reserva comentan que en realidad eso dependerá de muchas variables futuras, lo que hace difícil dar una estimación.
Sobre los montos adeudados, las indicaciones detallan que la deuda se devengará mensualmente, se reajustará por IPC, y las isapres “podrán ofrecer devolver dichos montos a las personas afiliadas en forma de excedentes (...) Para estos efectos, la deuda se devengará mensualmente en cuotas iguales que se reconocerán en la cuenta corriente a que se refiere el artículo 5°”. Esto quiere decir que el pago no se hará de una vez, sino de manera gradual, salvo que la isapre determine lo contrario, ya que el texto que ingresó el gobierno también señala que, alternativamente, las isapres “siempre podrán ofrecer acelerar el pago de la deuda y pagar parcialmente o la totalidad de la deuda en efectivo directamente a las personas afiliadas”. El Ejecutivo también propuso que la deuda no se extingue si el afiliado se va de la isapre en cuestión.
Para estabilizar los flujos futuros de las isapres, además de la cotización efectiva del 7% y el alza del precio base que podrán hacer de manera excepcional, las indicaciones que ingresó el gobierno plantean hacer una mejora en el cálculo del Indicador de Costos de la Salud (ICSA) 2024, para el proceso de adecuación que se hará en marzo del próximo año. Pero eso solo podría ponerse en marcha en caso de que la ley se apruebe de aquí a diciembre, de lo contrario, desde el gobierno señalan que tienen otras alternativas en mente para poder aplicarlo con posterioridad, por ejemplo, mediante un proceso excepcional, u otras ideas que se barajan.
Sobre estos cambios al ICSA 2024, las indicaciones dicen que “la Superintendencia de Salud determinará el valor anual del indicador sin considerar el costo de las nuevas prestaciones y la variación de frecuencia de uso de las prestaciones que se realicen en la modalidad de libre elección del Fondo Nacional de Salud”.
Asimismo, para este proceso, la Superintendencia determinará el valor o reajuste que las isapres “por una sola vez y de forma extraordinaria, podrán incorporar a sus precios base, a fin de otorgar financiamiento al costo y cobertura de las prestaciones de salud de las cargas menores de dos años de edad. Para estos efectos, la Superintendencia deberá evaluar el costo y cobertura de las prestaciones de salud correspondientes a estas cargas”.
Las indicaciones también se ponen en el caso de que pueda existir la insolvencia de una isapre. La ministra de Salud dijo que en ese escenario, “Fonasa estará obligado a mantener las coberturas otorgadas en función de los casos que se han judicializado. En el caso de las personas que están en el sistema, que ya entraron, y que están en atención del sistema GES, van a mantener la atención, en el sentido que no se les va a obligar a ingresar a través del sistema institucional, sino que van a continuar con sus prestaciones, así como a aquellas personas que hayan activado el seguro catastrófico en el momento de la eventual insolvencia”.
Además, se simplificó la propuesta original sobre la cobertura de Fonasa, que en su inicio tenía tres esquemas distintos de cobertura, pasando a uno solo que incorporará un seguro catastrófico, con una prima de un mismo valor para todas las personas, y su reajuste será en UF.
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