Luego de que los reguladores detectaran una serie de irregularidades en el Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (SCOMP), se esperaban perfeccionamientos al sistema. Sin embargo, con el ingreso del proyecto recién se dieron a conocer los cambios.

Una de ellas, es obligar a las AFP y las compañías de seguros de vida a que constituyan una entidad para la administración, desarrollo y explotación del SCOMP, que sea sociedad anónima de giro exclusivo.

Por otro lado, busca eliminar las ofertas externas, es decir, aquéllas que la aseguradoras entregan directamente al afiliado después de emitido el certificado de ofertas por SCOMP. De este modo, los afiliados seleccionarán la pensión sólo entre las ofertas presentadas en el certificado que entrega SCOMP.

En la actualidad las rentas vitalicias se seleccionan mayoritariamente a través de ofertas externas gestionadas por agentes de venta y asesores previsionales, no incluidas en el certificado que entrega SCOMP.

Adicionalmente, los afiliados podrán solicitar ofertas de montos de pensión accediendo directamente al SCOMP, lo que se compara con lo que ocurre actualmente, ya que deben hacerlo a través de una AFP, una aseguradora o un asesor previsional.

Otro de los cambios que vendrá la industria aseguradora, es respecto a la renta vitalicia diferida: se les permitirá a los afiliados adquirir, antes de pensionarse, con parte de su ahorro para pensión, una o más rentas vitalicias diferidas con alguna compañía de seguros de vida.

En particular, los afiliados a quienes les falten diez años o menos para llegar a la edad legal de pensión de vejez, podrán contratar con una aseguradora una renta vitalicia que se comience a pagar a la edad legal de pensión o en una fecha posterior.