1- Se establecerá un aporte del 3% adicional y gradual, que será de cargo del empleador y que se va a sumar al 10% actual, y complementará el ahorro previsional de cada trabajador. Esto en régimen va a significar un aumento del 30% en las pensiones.

2- Se crea un Fondo de Ahorro Colectivo y Solidario que se financia con un aporte adicional y gradual de 3%, de cargo del empleador y un aporte inicial del Estado. Este Fondo Solidario va entregar una pensión adicional a aquella financiada con ahorros propios o del Pilar Solidario, a los jubilados actuales y futuros, y va a beneficiar en forma muy especial a las mujeres, a la clase media y a los adultos mayores con dependencia severa.

3- Esta reforma permitirá que los actuales pensionados, que tengan un número mínimo de cotizaciones, apenas se apruebe esta Reforma, reciban un aumento significativo de sus pensiones. En el caso de los hombres, este aumento será de 2 UF, es decir, $56.600 mensual, lo que significa un aumento promedio de 20% de sus pensiones y beneficiará a más de 500 mil pensionados. En el caso de las mujeres el beneficio será de 2,5 UF, es decir, $70.800 mensuales, lo que significa un aumento promedio de 32% de sus pensiones y va a beneficiar a más de 350 mil pensionadas.

4- Los futuros pensionados, que completen un número mínimo de cotizaciones que va a ser establecido, recibirán estos mismos incrementos en sus pensiones, pero además, recibirán un aporte adicional, cuyo monto va a ir creciendo con el número de años cotizados después de esta Reforma, de forma de incentivar el ahorro previsional de todos los trabajadores chilenos.

5- Ningún pensionado quedará por debajo de la línea de pobreza.

6- Las pensiones de aquellos que hayan cotizado por 30 años o más, estén siempre por encima del monto actual del salario mínimo, expresado en UF.

7- Todos los recursos de este 6% de cotización adicional, que son de cargo del empleador, serán administrados por una Institución Pública Autónoma y con muy exigentes requisitos de sustentabilidad, profesionalismo, eficacia y transparencia.

8- Para el 10% que actualmente administran las AFP, se abrirá espacio a nuevos actores como sociedades sin fines de lucro, cooperativas de afiliados y otras, de forma de fortalecer la competitividad de la industria, mejorar la calidad de los servicios, reducir las comisiones cobradas y permitir que los afiliados puedan participar en la creación de nuevas Administradoras.

9- Las administradoras tendrán que devolver a las cuentas de ahorro individual de sus cotizantes, parte de las comisiones cobradas, cuando la rentabilidad del fondo sea negativa. Además, las administradoras no podrán cobrar comisiones por inversiones en Fondos Mutuos Nacionales, se restringirá el cobro de otras comisiones por servicios de inversión y deberán pagar las cuotas mortuorias de aquellos afiliados fallecidos que no puedan cubrir este gasto.

10- Se introducirá mayor participación de los afiliados en la gestión de sus ahorros previsionales, a través de la creación de un Comité de Afiliados, la participación de un afiliado en el directorio de cada una de las Administradoras, una mayor participación del Comité de Usuarios del Sistema de Pensiones en la votación que hacen las Administradoras para designar directores en las empresas donde invierten fondos previsionales y también la creación de una Intendencia de Protección de Derechos de los Afiliados en la Superintendencia de Pensiones.

11- El Consejo Consultivo Previsional deberá revisar periódicamente los parámetros del sistema, incluyendo las tablas de expectativas de vida, de forma de proponer nuevos perfeccionamientos que aumenten la competencia y la transparencia del sistema y, sobre todo, que aseguren el pago de pensiones dignas y adecuadas para siempre.