La Compañía Minera Vizcachitas Holding (CMVH), subsidiaria de la canadiense Los Andes Copper Ltd., solicitó ante el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, el alzamiento de la medida cautelar de 18 de marzo que decretó la suspensión del proyecto de sondajes mineros de la empresa en la comuna de Putaendo, en la Región de Valparaíso.

CMVH pidió el alzamiento de la medida o al menos, su reemplazo por una menos gravosa, que permita continuar con un programa de sondajes más restringido y sujeto a monitoreo.

Santiago Montt, presidente de CMVH, afirmó que “hemos dado respuestas a las preocupaciones manifestadas por el Tribunal Ambiental. Acompañamos evidencia seria y robusta, incluyendo un estudio de vibraciones, un estudio de efectos para las vizcachas, además de otros cuatro informes de expertos, que demuestra que nuestro proyecto de sondajes no tiene el potencial de representar un perjuicio inminente e irreparable para el gato andino ni para las vizcachas”.

Los nuevos antecedentes demuestran que la RCA que aprobó el proyecto (RCA N° 14/2021) evaluó correctamente los impactos a la fauna nativa, estableciendo medidas de protección apropiadas para evitar los riesgos especulativos argumentados por los reclamantes, las que se hacen cargo de cualquier potencial impacto al gato andina, señaló la empresa.

En marzo el Segundo Tribunal Ambiental ordenó la medida cautelar innovativa de suspensión de los efectos de la resolución que calificó ambientalmente favorable el proyecto “Sondajes Mineros de Prefactibilidad Las Tejas”.

En esa ocasión señaló que la medida cautelar tendrá efecto hasta que el Tribunal dicte sentencia en las dos reclamaciones que fueron interpuestas contra el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) por la Junta de Vigilancia del río Putaendo y diversos vecinos de esa comuna, por no considerar debidamente las observaciones ciudadanas que realizaron durante el proceso de evaluación ambiental del proyecto.

Gato Andino

En su análisis de los antecedentes de la solicitud de la medida cautelar formulada por los reclamantes, el Tribunal llamó la atención respecto de que el gato andino (Leopardus jacobita) es una especie nativa y amenazada en categoría de conservación en peligro a nivel de Chile, Perú, Bolivia y Argentina; y que sus principales amenazas -según los criterios de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN)-, están asociadas a actividades ganaderas; perforaciones para la producción de petróleo y gas; caza y captura de animales terrestres; actividad minera; alteración del hábitat y sequía.

Además, aclara, que si bien a la fecha de su clasificación en Chile (año 2007) el gato andino se distribuía geográficamente entre las regiones de Arica y Parinacota hasta la Región de Antofagasta, “a la luz de los antecedentes presentados a este Tribunal por uno de los reclamantes, se habría extendido en la actualidad (años 2021 y 2022) a la Región de Valparaíso”.

Agrega que el año irreversible sobre la especie, se produciría a través de, al menos, la afectación de las madrigueras que albergan a Lagidium viscacia [vizcacha], que corresponde a una de las principales presas de esta especie de felino.