Más de tres meses han pasado desde que la Corte Suprema dictara su fallo en contra de las tres grandes operadoras móviles: Entel, Movistar y Claro, exigiéndoles devolver a la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel) el espectro adquirido en la licitación de la banda 700 MHz sin, a su juicio, respetar el límite de 60 MHz impuesto como máximo que puede tener cada empresa en el mercado.

Un protagonista de esta historia ha sido la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios (Conadecus), que fue la que demandó a dichas empresas, acusándolas de acaparar espectro y bloquear la libre competencia. Pero, aunque el fallo de la Suprema le dio la razón, sus abogados presentaron un escrito ante el Tribunal de Defensa de Libre Competencia (TDLC) exigiendo la devolución inmediata del espectro.

El fallo, no obstante, indicaba, además, que la Subtel podía iniciar un proceso de consulta que abriera una revisión del límite máximo del espectro que puede tener cada operador. Para ello, las empresas tuvieron 15 días para presentarle propuestas sobre los límites que pondrían. Las operadoras móviles se hicieron parte y respondieron a la autoridad a principios de septiembre. Desde ese entonces, Subtel está preparando el escrito final que entregará esta semana ante el TDLC. Según fuentes de la industria, esto ocurriría esta semana.

¿Qué pide Conadecus?

En el documento del 27 de julio, la organización de consumidores manifestó que "encontrándonos dentro del plazo legal, venimos en solicitar, con citación, el cumplimiento incidental de la sentencia definitiva de autos, que se encuentra firme o ejecutoriada". El abogado de Conadecus, Mario Bravo, indicó que esto significa que las compañías deben devolver el espectro "con inmediatez".

En dicha línea, las empresas tuvieron plazo hasta el viernes para responder lo requerido.

"Ellos tienen la obligación de devolver inmediatamente la misma cantidad de espectro que fueron otorgados por la Subtel (...). En el fallo no hay ningún plazo, pero en este se dice que deben devolver sí o sí y el tema del límite lo tiene que determinar la Subsecretaría", enfatizó a PULSO el abogado Bravo.

En respuesta a ese escrito, los representantes de Claro, Julio Pellegrini, Pedro Rencoret y Francisco Blavi, presentaron un documento en que piden al TDLC que rechace la solicitud de Conadecus.

"Sin perjuicio de que Claro no comparte lo resuelto por la Corte y se reserva su derecho para ejercer las acciones que nuestro ordenamiento jurídico y los tratados internacionales le conceden (...), se debe rechazar en todas sus partes el cumplimiento incidental solicitado por la demandante", se indica en el escrito presentado el 20 de septiembre.

Esto, pues a juicio de la empresa, existe "falta de oportunidad en la ejecución de la sentencia" y "una imposibilidad absoluta y actual de ejecutar las medidas ordenadas en el fallo". Lo anterior, dado que, siguiendo lo ordenado por la Suprema, es necesario que Subtel inicie un proceso consultivo ante el TDLC y, a la vez, que dicho tribunal revise el límite máximo de espectro radioeléctrico que puede tener cada operador.

Con un tono más suave, la española Movistar también contestó a lo solicitado por Conadecus. En su representación lo hicieron Javier Velozo y Pablo Pardo, quienes indicaron que "venimos a oponer excepción de falta de oportunidad en la ejecución respecto de la solicitud de cumplimiento incidental presentada por la Conadecus".

En los argumentos exponen que la empresa "velará por el oportuno y adecuado cumplimiento de lo ordenado (...), adoptando las medidas necesarias para llevarla a cabo". Pero que la Corte Suprema le entregó la facultad a la Subtel para establecer la forma y oportunidad en que debe cumplirse la obligación de enajenar. "Ello se ajusta a nuestra legislación en materia de telecomunicaciones, la que entrega exclusivamente a dicha autoridad la atribución y función de administrar el espectro radioeléctrico".

Entel, en tanto, también entregó su respuesta en el último día, que tuvo como fecha el viernes 28 de septiembre.