Muchos anuncios muchas interpretaciones
El marco de entendimiento para la reforma tributaria acordado entre el gobierno y Senadores de Comisión de Hacienda, contiene una serie de medidas de distinta índole y con diversos impactos.
Dentro de las medidas de ayuda a la Pymes (empresas con ventas hasta 75.000 UF), destaca la adopción de un sistema en base a retiros, completamente integrado y de aplicación automática.
Una de las grandes ventajas de lo anterior es que todas aquellas Pymes que -por error o desconocimiento- estaban en el régimen semi integrado, se verán beneficiadas con un menor impuesto corporativo y en definitiva rebajando su carga tributaria total en 9,45%.
Al eliminar esta sobretasa de 9,45% (que establecía el sistema semi integrado), se soluciona una de las principales críticas a la progresividad de dicho sistema. Sin embargo, falta aún revisar la letra chica, exclusiones y normas de relación, que permitan realmente que este sistema pueda ser aprovechado por todas las Pymes, independiente de su estructura jurídica.
Adicionalmente, se creará un nuevo régimen que, al parecer, reemplazaría al 14 Ter. Dentro de las virtudes de este sistema -exento de impuesto corporativo- es que eliminará el innecesario trámite de pago de impuesto corporativo y posterior solicitud de devolución por parte de los socios.
Todo lo anterior puede considerarse un avance, pero el escenario es opuesto en lo que respecta a las grandes empresas, ya que, la carga tributaria de éstas se verá fuertemente incrementada en virtud de las medidas anunciadas.
El sistema semi integrado, con tasa de 27%, aparentemente sería el único posible. Con esto, todas aquellas empresas que optaron por el sistema atribuido podrían verse obligadas a pasar al sistema semi integrado, con el consecuente aumento de carga tributaria.
También señala el acuerdo que la carga tributaria máxima sería de 44,45%, lo cual no cuadra. Con la mecánica del sistema semi integrado y tasa máxima de Impuesto Global Complementario de 40%, pareciera que la carga máxima aumentaría a 49,45%. Tendremos que esperar el proyecto de ley para entender cómo se llegará a la tasa máxima anunciada.
También genera preocupación en las grandes empresas la eliminación de la recuperación de pago provisional por utilidades absorbidas, el cual impacta financieramente y de forma muy fuerte a empresas con estructuras de financiamiento a nivel de holding, forzando a dichas empresas a reevaluar sus estructuras corporativas y de financiamiento.
En resumen, muchos anuncios y con mucho que interpretar, por lo que se tendrá que seguir atentamente las indicaciones que debiese presentar el Ejecutivo y su posterior discusión en el Congreso.
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