Pensiones: Hacienda aumenta la gradualidad del alza de la cotización a 11 años si ingresos tributarios no rinden lo esperado

MARCEL - JARA
21 ENERO 2025 EL MINISTRO DE HACIENDA, MARIO MARCEL Y LA MINISTRA DEL TRABAJO, JENNETTE JARA DURANTE COMISION. FOTO: DEDVI MISSENE

Según explicó el ministro de Hacienda, Mario Marcel, en caso de que la recaudación sea menor, el alza de la cotización en lugar de ser de 0,7% al cuarto año será de 0,5%. El análisis de los ingresos fiscales de la ley antievasión se realizará al tercer año de vigencia de esa normativa.


Fue un tema que se discutió en la jornada del miércoles. Y hoy el ministro de Hacienda, Mario Marcel la concretó. La gradualidad del alza de la cotización adicional se moderará en caso de que el ingreso previsto por la ley de Cumplimiento de Obligaciones Tributarias o antievasión no rinda lo previsto.

De acuerdo a lo señalado por el titular de las finanzas públicas, al tercer año de implementación de la ley antievasión, se realizará una evaluación externa la que analizará si los ingresos proyectados se cumplen. “En caso que la evaluación externa a que refiere el artículo final transitorio de la ley N° 21.713 dé cuenta de un menor efecto recaudatorio al esperado por dicha ley, que no sea compensado a través de otra fuente de ingresos fiscales, la gradualidad será mayor”.

Según explicó Marcel, en caso de que la recaudación sea menor, el alza de la cotización al cuarto año en lugar de ser de 0,7% por año será de 0,5%, por lo que el aumento total se concretará en un plazo de 11 años. De acuerdo al gobierno esta modificación va en línea con una de las recomendaciones que realizó el Consejo Fiscal Autónomo (CFA).

Comisión de Hacienda del Senado

Si bien la indicación fue bien recibida los legisladores, el senador de la UDI, Javier Macaya, cuestionó el hecho de que en la normativa se establezca la posibilidad de recurrir a otros ingresos fiscales que no vengan necesariamente de la ley antievasión, puesto que esa frase para el senador llevará a que ese gatillante para aumentar la gradualidad no se llegue a aplicar.

Ante esta controversia, el ministro propuso como solución intermedia para “evitar cualquier confusión” acotar la frase “de otras fuentes de ingresos fiscales” a “otras fuentes de ingresos tributarios”.

Otra de las modificaciones que se agregaron es darle un rol más importante al CFA para analizar el estudio actuarial del funcionamiento del Fondo Autónomo de Protección Previsional. “El estudio actuarial final deberá ser enviado al Consejo Fiscal Autónomo dentro de los 5 días hábiles siguientes a la celebración de la sesión del Consejo Directivo señalada en el inciso anterior. El Consejo Fiscal Autónomo podrá emitir una opinión sobre los efectos fiscales derivados del estudio actuarial final y sus recomendaciones, advertir riesgos y proponer medidas de mitigación”.

Esta indicación abrió un debate entre los senadores sobre la necesidad de fortalecer al CFA de mayores recursos para poder hacer frente a estas nuevas labores que se les encargarán.

También se incluyó que en “el plazo de ciento ochenta días contado desde la publicación de esta ley, se ingresará por mensaje una iniciativa legal que modificará la gestión fiscal del Fondo de Estabilización Económica y Social creado por el artículo 10 de la ley N°20.128, y del Fondo de Reserva de Pensiones creado por el artículo 5° de la misma ley, con el fin de alcanzar una meta para el nivel en régimen para ambos fondos”.

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