La aprobación por parte del TDLC del acuerdo alcanzado entre la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y la firma china Tianqi, para que esta adquiera el 24% de las acciones de SQM -que hoy está en manos de Nutrien-, no dejó contento a las sociedades ligadas a Julio Ponce.

Ayer, el abogado Sebastián Oddo, en representación de Pampa Calichera, Potasios de Chile e Inversiones Global Mining, ingresó un requerimiento de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional (TC), por considerar que la norma que estableció el sistema procesal del mencionado acuerdo judicial es inconstitucional, dado que vulnera la garantía del debido proceso legal, en el fondo el derecho a defenderse.

Junto con ello, solicitó suspender el caso que avanza en el TDLC, mediante la presentación de un recurso de reposición (ver recuadro) y pidió que se oficie a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) como medida de "mejor resolver".

El requerimiento avanzó en el TC, que decidió ponerlo en tabla para hoy y revisar si lo acoge a trámite. Se nombró como relator a José Francisco Leyton Jiménez.

"El acuerdo extrajudicial no está promoviendo la libre competencia, sino todo lo contrario, pues autoriza que un competidor participe en la propiedad y gestión de otro competidor directo", dijo Oddo en el escrito, cuestionando a la vez que la norma utilizada no permite tiempos suficientes y no contiene una forma de notificación eficaz.

"La oportunidad concedida a nuestras representadas para enterarse, comprender y manifestar su parecer sobre una operación de más de US$4 mil millones, que genera riesgos competitivos enormes para SQM, fue de cinco días nada más, y mis representadas se enteraron por la prensa", indicó.

Fuentes cercanas a la operación sostuvieron que es probable que la FNE deba hacerse parte de la causa si esta prospera en el TC, pues lo que está en cuestionamiento es la norma mediante la cual se generó el acuerdo.

Asimismo, indicaron que el Grupo Pampa habría esperado que el proceso se hubiera desarrollado a través de una consulta, permitiendo a las partes exponer a total cabalidad sus argumentos y estipulándose de esa forma otras exigencias en el acuerdo, relacionadas principalmente con sanciones para los eventuales directores de Tianqi en SQM, en caso de incumplimientos.

Abogados de la plaza, en tanto, coincidieron con que la norma utilizada por el proceso no era la más adecuada, toda vez que el tribunal no se introdujo en el fondo del asunto y el caso amerita un análisis mayor.

"El acuerdo no da para temas complejos y afecta al mercado mundial del litio", dijo uno de ellos, añadiendo que la operación amenaza el control de SQM y deja en una posición privilegiada a Tianqi, que podrá nombrar a tres directores en la minera no metálica si concreta la compra del 24% de la propiedad.