“La suspensión temporal del empleo se parece mucho al desempleo, por lo tanto debería tener acceso a los beneficios de la ley, pero la reducción parcial de jornada se parece mucho a una baja del sueldo, por lo que nos parece que no debieran tener acceso al beneficio”. Eso fue lo que dijo el presidente de la Comisión del Mercado Financiero (CMF) Joaquín Cortez en la Comisión de Hacienda del Senado sobre cuáles deberían ser los alcances del cobro del seguro de cesantía involuntario que contempla la recién publicada ley de protección al empleo.

De acuerdo al artículo 21 de la ley de protección al empleo, los trabajadores cuya relación laboral se haya suspendido o reducido por fuerza mayor, tendrán derecho a hacer efectivos los seguros de cesantía o cláusulas de cesantía asociadas a los créditos de cualquier naturaleza, con bancos, instituciones financieras, casas comerciales con los que mantengan deudas en cuotas u otra modalidad, ya que se entenderá que quien se acoja a uno de estos instrumentos se encuentra en una situación de cesantía involuntaria para los efectos de la cobertura de los riesgos previstos en la póliza respectiva.

Pero si bien la ley parte de esta base, con esto, la CMF estaría planteado que el cobro de este beneficio solo sea efectivo para quienes hayan tenido que suspender su jornada laboral por motivos excepcionales, lo que a su vez abre el debate de cara eventuales nuevas modificaciones sobre este cuerpo legal.