Depreciación instantánea, se aumenta del 50% al 100%: un impulso a la inversión
En la reciente reforma tributaria se consideró la posibilidad de tener inversión instantánea por el 50% de la inversión total. Ahora, en el plan fiscal se propone ampliarla al 100%. En la práctica, ¿cómo operará esta medida? “La medida permite que las empresas puedan depreciar, en un ejercicio, el valor total de los activos que adquieran en el mismo”, señala Claudio Bustos, socio de Bustos Tax & Legal. Acota que “la depreciación instantánea es un beneficio que puede ser de mayor aplicación para empresas grandes que pequeñas, pues apunta a la posibilidad de llevar de inmediato a gasto la totalidad del valor invertido en activos fijos, tales como maquinarias, construcciones, vehículos. Por lo tanto, las empresas que pueden verse beneficiadas por esta franquicia, son aquellas que son intensivas en uso de activo fijo, y que, normalmente, pertenecen a los rubros industriales o inmobiliario”.
Se propone netear las pérdidas 2020 con las utilidades obtenidas en 2019
Para toda empresa con pérdidas en 2020, se propone netear esa pérdida con las utilidades obtenidas en 2019, efectuando la devolución de impuestos que resulte. Esto inyectará liquidez a las empresas. ¿Cómo funciona operacionalmente y tiene impacto efectivo? Ignacio Gepp, socio de Puente Sur, cree que “esta es una medida agresiva (en el sentido positivo) y efectiva, porque supone que se puede generar un flujo efectivo del Fisco a los privados”. Añade que “permite que la pérdida del año 2020 absorba las utilidades que pagaron impuestos del año 2019, por tanto permitiéndose que se devuelvan los impuestos asociados al 2019”. Sebastián Guerrero, socio de Guerrero Valle Garcés, estima que “es una buena medida, pero acá es muy importante la coordinación con el SII, toda vez que hoy en día la demora en las devoluciones de impuestos se debe a los procesos internos del servicio. Tanto o más eficiente es acelerar los procesos actuales donde existan muchas devoluciones retenidas por parte del SII”.
Extensión por 3 meses de la postergación de PPM: inyección de liquidez
Se extiendo por 3 meses adicionales de la postergación de PPM actualmente en curso. De acuerdo al gobienro, esto permite inyectar liquidez a las empresas en un momento en que la requieren con urgencia. ¿Cómo se aplica? Claudio Bustos, de Bustos Tax & Legal, afirma que “es simplemente la suspensión de los pagos provisionales mensuales que los contribuyentes deben hacer cada mes en relación a los ingresos que han obtenido en el mes anterior. El PPM es un anticipo a cuenta del impuesto de Primera Categoría que las empresas deben declarar y pagar en abril de cada año respecto al año anterior”. Álvaro Moraga, de Moraga y Cía, acota que “más que inyección de liquidez directa, implica una mayor disponibilidad de caja, ya que la empresa tendrá una carga mensual menor. Sin embargo, para una empresa que no está generando utilidades, esta es una medida menor, ya que lo que necesita es capital, y por, sobre todo, un aumento real y sostenido en los ingresos provenientes de su giro”.
Recapitalización de empresas: deducir del impuesto a las utilidades
Es una propuesta que en varias entrevistas planteó el académico de la Universidad Adolfo Ibáñez y actual asesor tributario de Hacienda, Claudio Agostini: incorporar un sistema ACE (Allowance for Corporate Equity) para empresas y ahora Hacienda lo pone sobre la mesa de opciones. ¿En qué consiste? Permite deducir del impuesto a las utilidades tanto los intereses de la deuda como una tasa de retorno libre de riesgo para el capital. Sebastián Guerrero, socio de Guerrero Valle Garcés, subraya que “en principio parece una buena medida, principalmente para las grandes empresas, toda vez que se requiere una mayor sofisticación por parte de los acreedores que quieran entrar en la propiedad de las empresas, producto de la capitalización. Es una buen forma de reemplazar deuda por capital, pero su implementación no es para todo tipo de empresa”, señala. Acota que “el impacto puede ser muy importante para las empresas, pues no tendrán la presión del pago periódico de intereses, pero para los acreedores su atractivo estará sujeto al tipo de empresas y garantía que tengan”.