La tensión entre Cecilia Karlezi y la administración de Clínica Las Condes no cede. A un mes y medio de que la junta de accionistas ratificara al directorio de la entidad, rechazando la solicitud de Karlezi de revocarlo, la accionista de Falabella dio un paso más.
El viernes, los abogados Jorge Bofill y Sebastián Yanine, en representación de Inversiones Santa Filomena y Lucec Tres -sociedades vinculadas al grupo Auguri, a través de las cuales Karlezi detenta más del 18% de CLC- ingresaron al 12° Juzgado Civil de Santiago un escrito solicitando la designación de un árbitro para que conozca las diferencias ocurridas entre las sociedades en cuestión y nueve nombres vinculados a la clínica.
La acción busca llevar a arbitraje al actual presidente, Andrés Navarro; al gerente general Jaime Mañalich; a los directores Francisco Javier Silva, Carlos Schnapp, Alfredo Misraji, Jorge Rufs y Alberto Eguiguren, además de al ex presidente, Fernando Cañas, y al ex director, Fernando Siña.
Según se lee en la acción judicial, todas estas personas "han perjudicado a esta última (CLC) al impedir que se conozcan las causas de las pérdidas contables que suman más de $10.000 millones y, por lo tanto, han frustrado el derecho de la clínica a resarcirse de dichos perjuicios".
La demanda parte recordando que CLC informó al mercado de millonarias pérdidas contables. Añadiendo que en ese entonces "el discurso oficial de la administración transmitía compromiso con la transparencia, lo que se manifestaba supuestamente en que a PwC se le había encargado un trabajo", tendiente a esclarecer no sólo las diferencias contables, sino también su origen y causas.
"Eso daba -a la sazón- tranquilidad en cuanto a que el siguiente paso sería identificar a los responsables de las cuantiosas pérdidas".
Sin embargo, la acción judicial sostiene que la administración se negó a investigar las causas de las pérdidas contables e impidió que los accionistas discutieran sobre la necesidad de una auditoría.
Esto, ejemplifican, "primero, porque resultó ser falso que se hubiera encargado auditoría alguna a PwC. Y, en segundo lugar, pues tampoco se había encargado a dicha auditora la determinación del origen y de las causas basales de las diferencias contables".
Según se detalla, la misma PwC en Comité de Directores del 19 de enero de 2017, dijo que "su papel no era realizar una auditoría, sino ayudar a la clínica a determinar, en la medida de lo posible, el monto exacto de las diferencias detectadas".
En la misma instancia, el 4 de enero de 2018, PwC enfatizó que su trabajo "no constituyó una auditoría contable o una auditoría forense". "Nada de lo anterior, sin embargo, fue informado al mercado", destaca.
En esa línea, subraya que las cosas se agravaron aún más, ya que cuando los representantes de Karlezi tomaron conocimiento de lo anterior, "la administración de la clínica se negó a adoptar medidas para esclarecer las causas y responsabilidades".
Precisa que la nueva mesa directiva discutió sobre la conveniencia de encargar una auditoria, pero que dicha iniciativa no prosperó ante la negativa de los directores llamados a arbitraje.
Así, Santa Filomena pidió, el 1 de agosto de 2018, citar a directorio para discutir esta materia, lo que fue rechazado. El 30 de igual mes insistió, con la finalidad de que se analizara el tema de la auditoría y también la revocación de la mesa.
"El presidente del directorio, tergiversando la opinión de la CMF, manifestó que únicamente procedía citar a junta de accionistas para tratar la revocación del directorio", se lee en la acción judicial.
Y añade que "el directorio terminó de consagrar su actuar contrario a una mínima transparencia" durante el desarrollo de la junta del 10 de octubre, cuando Navarro "impidió manu militari a los representantes de Santa Filomena y Lucec Tres hacer uso del derecho a voz".
Tras lo cual, "manifestó públicamente y con desdén que no tenía interés por 'indagar en el pasado'". "Lo anterior no es sino el epilogo de una clara manifestación de desinterés por permitir a la sociedad conocer las causas" de las pérdidas.
Con todo, la acción da cuenta de las diferencias existentes y que Karlezi prevé que las conozca un arbitro. "CLC es una sociedad anónima abierta, regida por la LSA, que somete este tipo de diferencias a arbitraje forzoso", se lee.
Agrega que como no existe en los estatutos una regulación relativa a este tema, se pide que el tribunal nombre un arbitro arbitrador.
Contactados en CLC, aseguraron no tener información al respecto.