Reforma Tributaria: expertos apoyan reducción de renta presunta y gremios piden mayor plazo para su implementación

Trabajadores agrícolas

El gobierno pretende que la renta presunta, régimen que permite a los contribuyentes pagar lo que dice la ley y no según los resultados de sus negocios, se aplique solo a empresas con ventas bajo $ 80 millones al año. La modificación se aplicará en dos etapas, en un plazo de dos años, Desde la SNA dicen que "es una medida que va en el camino correcto" que debería aplicarse al menos en tres años. Los camioneros, en tanto, dicen que “es un tema que se debe conversar”.


Es uno de los temas que cada vez que se abre la discusión de una reforma tributaria aparece como uno de los temas a eliminar o acotar, ya que, según los especialistas, mantener un régimen de renta presunta en el siglo actual no se justifica. La discusión, sin embargo, nunca ha avanzado.

Esta vez, la reforma tributaria presentada el viernes incluye, en las medidas para combatir la elusión y evasión, que la renta presunta tendrá una reducción significativa, permitiendo que solo accedan contribuyentes que califican como micro empresarios. De acuerdo al gobierno, esta modificación se aplicará gradualmente, en dos etapas distribuidas en un plazo de dos años, fomentando que los contribuyentes que abandonen el régimen ingresen al sistema de transparencia tributaria.

La renta presunta es un tipo de contabilidad especial a la que se pueden acoger agricultores, camioneros, transportistas escolares, taxis, colectivos y buses, y se aplica presumiendo una cierta renta para estas actividades a partir de ciertos hechos conocidos como lo son el avalúo fiscal de los inmuebles agrícolas y no agrícolas; el valor de tasación de los vehículos; y el valor anual de las ventas de productos mineros.

Actualmente, la ley establece que pueden acceder a este régimen las empresas cuyos ingresos netos anuales no excedan las 9.000 UF (unos $ 300 millones) para la actividad agrícola, 5.000 UF ($ 165 millones) para la actividad de transporte y 17.000 UF ($ 560 millones) en el caso de la minería. Según describe el SII en su página web, las empresas o personas que se encuentran bajo el régimen de renta presunta pagan sus impuestos según lo que la ley determina para esa actividad y no de acuerdo con los resultados reales obtenidos.

En cambio, ahora, con la definición entregada por Hacienda, sólo las microempresas, es decir, con ventas anuales de hasta 2.400 UF (unos $ 80 millones) podrán acceder a este régimen tributario.

Los sectores que utilizan este sistema miran con distintos ojos el anuncio del Ejecutivo. Desde la Sociedad Nacional de Agricultura, su presidente Cristián Allendes sostuvo que “es una medida que va en el camino correcto y en la que será clave la prudencia al momento de implementarse”. En ese sentido, indicó que “en este cambio será importante pensar en cómo ayudar a la pequeña agricultura que tienen ventas anuales entre 2.400-5.000 UF y que hoy día no tiene todas las herramientas y a la que le es difícil el cumplimiento tributario”.

Sobre los plazos, Allendes puntualizó que “es necesario que esto se realice de manera gradual, en al menos tres años, para que los agricultores puedan capacitarse en régimen de renta efectiva y contabilidad simplificada”.

Otro de los sectores que utilizan la renta presunta son los transportistas. El presidente de la Confederación Nacional de Dueños de Camiones de Chile, Juan Araya, subrayó que “es un tema que se debe conversar”, pero anticipó que el límite de las 2.400 UF es un límite “muy acotado”. Araya acotó que “para nosotros la renta presunta está súper acotada. Tenemos que ser sólo camioneros y no tener ningún negocio relacionado”.

QUILPUE: Trabajos agricolas en la zona rural de Colliguay
20 DE ABRIL DE 2021 / QUILPUE FOTO: MIGUEL MOYA / AGENCIAUNO

La visión de los expertos

Los expertos en general coinciden en que es una buena medida y ven como adecuado el plazo de dos años.

Andrés Martínez, socio Líder de Consultoría Tributaria en KPMG sostuvo que “la renta presunta, como mecanismo, debe ser muy limitado, dado que introduce ciertos grados de inequidad al sistema. Por ello, es preciso reducirlo o limitarlo a sectores económicos o contribuyentes muy en específico y donde realmente se justifique”.

En ese contexto, añadió que “la discusión sobre la eliminación de la renta presunta ha sido un tema que siempre se pone en la agenda de las reformas tributarias, pero en la práctica, a lo largo de la discusión, se avanza poco. Con la agenda de eliminación de exenciones algo se logró, y seguramente ahora veremos algo más. En el caso de prosperar totalmente y cumplirse el objetivo de limitarlo solo a ciertas microempresas, habrá sectores que deberán adaptarse rápidamente”.

A Marcela Silva, directora del Área Tributaria de Grupo Vial Abogado, le parece que va en la dirección correcta, “puesto que esta modificación ya fue sugerida en la Comisión Tributaria para el Crecimiento y la Equidad en que economistas de diversos sectores políticos propusieron incluso la eliminación de este régimen”. Asimismo, mencionó que la gradualidad de dos años, “permite una adecuada transición para aquellos pequeños contribuyentes agrícolas, de transporte y mineros que se encuentran actualmente acogidos a esta franquicia. Lo clave será que la norma y especialmente las instrucciones del Servicio de Impuestos Internos sean claros en cuanto a cómo se hará la transición”.

Claudio Bustos, socio fundador de Bustos Tax & Legal, argumentó que “el régimen de renta presunta, desde la reforma del año 2014, está reducido a su mínima expresión, y no es de gran utilidad en la actualidad, considerando que una gran proporción de los contribuyentes que están bajo este régimen podrían también acogerse al régimen propyme, el cual les ofrece beneficios similares”.

Por lo mismo, Bustos aseveró que “si bien el cambio creo que está justificado, no estoy seguro de que pueda ser una gran fuente de recaudación, justamente porque quienes salgan del régimen de renta presunta, muy probablemente se acogerán al régimen Propyme ya sea bajo la modalidad general o de transparencia tributaria”.

En cuanto a los plazos, lo considera adecuado: “los contribuyentes debieran estar en condiciones de poder decidir si se acogen a alguna de las modalidades del régimen propyme”.

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