Retiro del 10% de los fondos: BC autoriza que las AFP puedan hacer operaciones de compraventa de bonos de Tesorería y corporativos con la banca
Para que se concrete, aún faltan algunas autorizaciones que deben dar los reguladores. Pero el BC dio el primer paso: autorizó a la Super de Pensiones para que las AFP puedan hacer, de forma transitoria y excepcional, "operaciones de compraventa al contado realizadas conjunta y simultáneamente con una compraventa a plazo de instrumentos de deuda" con los bancos.
Hace algunos días el Banco Central (BC) ya venía estudiando esta opción, con motivo de la masiva venta de activos que tendrán que hacer las AFP en el mercado producto del retiro del 10% de los fondos, pero hoy entregó los detalles.
En concreto, mediante un oficio la Superintendencia de Pensiones pidió al BC la autorización para que los fondos de pensiones puedan hacer, de forma excepcional y transitoria, algunas operaciones, y hoy el ente emisor entregó el visto bueno.
Se trata de “operaciones de compraventa al contado realizadas conjunta y simultáneamente con una compraventa a plazo de instrumentos de deuda emitidos por la Tesorería General de la República, Banco Central de Chile (BCCh) u otros emisores nacionales, que se autorizaría a los fondos de pensiones, en forma excepcional y transitoria, por un período de 12 meses, a realizar en el mercado nacional con entidades bancarias con clasificación de riesgo N-1″, señaló el BC.
“Estas operaciones se regirán por las regulaciones especiales que les resulten aplicables, que comprenden la regulación contenida en el Capítulo III.B.1 del Compendio de Normas Financieras del BCCh, así como las demás normas pertinentes dictadas por el Instituto Emisor, la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) y otras autoridades competentes”, agregó.
Para que esto se concrete, aún faltan algunas autorizaciones de los reguladores, por ejemplo, de la Superintendencia de Pensiones a las AFP. De esta manera, los bonos de Tesorería y corporativos no bancarios quedarían ya más cubiertos para la masiva venta de activos que tendrán que hacer las AFP, debido a que ya existían mecanismos de mitigación dispuestos por el instituto emisor para los bonos bancarios y del BC.
El Banco Central también autorizó “operaciones de compra al contado celebrada conjunta y simultáneamente con una venta a plazo de instrumentos bancarios de la misma especie, que se autorizaría a los fondos de pensiones, en forma excepcional y transitoria, por un período de 8 meses, a realizar con el BC”.
El BC agregó que para estas dos clases de operaciones, “al realizarse al amparo de la letra k) del artículo 45 del D.L. N° 3.500 de1980, quedará afecta de manera independiente a un límite de 1% del fondo, establecido para tales efectos en el Régimen de Inversión vigente, el que será calculado en cada caso conforme a lo determinado por la Superintendencia de Pensiones”.
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