Revocan multa a Falabella Colombia por presunto incumplimiento en entrega de compras en línea
Entre las razones del regulador colombiano para revocar dicha multa a Falabella, se detalla el acceso extemporáneo al expediente de la investigación, así como la violación a los términos legales para dar respuesta.
A mediados de julio, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) de Colombia, sancionó la filial de Falabella por presunto incumplimiento de los tiempos de entrega de productos adquiridos por los clientes a través del comercio electrónico. Sin embargo, este miércoles la multa fue revocada por el regulador.
En un comunicado, la empresa de retail sostuvo que la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la SIC, mediante la Resolución 79341 de 2023, revocó la multa de 177 millones de pesos que había impuesto a Falabella, por cuenta de una investigación realizada en el marco de la jornada del Día sin IVA en el año 2020. La entidad, además, anunció que archivó dicha investigación en su totalidad.
Entre las razones del regulador colombiano para revocar dicha multa a Falabella, se detalla el acceso extemporáneo al expediente de la investigación, así como la violación a los términos legales para dar respuesta.
“En Falabella seremos siempre respetuosos de las decisiones que tomen las autoridades en defensa del consumidor y trabajamos todos los días en ofrecer a nuestros clientes el mejor servicio y a atender sus solicitudes”, dijo Rodrigo Fajardo, Presidente de Falabella.
Cuando se interpuso la multa en julio pasado, la SIC dijo a través de su sitio web que “evidenció que la empresa infringió lo establecido en el Estatuto del Consumidor relacionado con garantizar los tiempos de entrega y demás condiciones informadas como parte de la calidad”.
De acuerdo a la SIC en ese momento, Falabella Colombia incumplió con las órdenes del organismo impartidas por el “día sin IVA” cuya finalidad era la de evitar que se causara daño o perjuicio a los consumidores.
La respuesta de Falabella Colombia no se hizo esperar, y señaló en un comunicado que “aclaramos que la sanción en mención hace referencia al segundo y tercer día sin IVA de 2020, fechas en las cuales la venta de nuestro canal de e-commerce excedió las expectativas por cuenta de la alta demanda que generaron las condiciones de salud pública que enfrentaba el país por la pandemia”.
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