Royalty: gobierno reduce por tercera vez carga tributaria máxima y destraba proyecto

DEDVI MISSENE
20 de Diciembre del 2022 Ministro de Hacienda, Mario Marcel, en comisión del Senado. Foto: Dedvi Missene

Se trata de una nueva carga tributaria potencial máxima diferenciada de 46,5% sobre la renta imponible operacional minera ajustada (RIOMA) para aquellas mineras que produzcan más de 80 mil toneladas métricas de cobre fino (TMCF); y de 45,5% para las empresas que produzcan entre 50 mil y 80 mil TMCF. La primera propuesta era de una carga máxima de 50%.


Varias modificaciones tuvieron que hacer en Hacienda para lograr destrabar el proyecto de ley que reformular la estructura del royalty minero.

El 11 de abril el gobierno expuso indicaciones ante la Comisión de Hacienda del Senado, instancia donde está radicado el texto legislativo. Una de ellas era que la carga tributaria máxima para la minería sería de 50%. Si bien esta propuesta que se presentó no se llegó a ingresar como indicación propiamente tal dado que hubo varios reparos desde la oposición. Por ello, al momento de concretar el ingreso de esa indicación, el 18 de abril, el Ejecutivo la redujo a 48% la carga máxima.

Ese nivel tampoco dejó conforme a la oposición y al sector minero y, por ello, al día siguiente continuaron las negociaciones, tanto así que el ministro de Hacienda presentó una serie de modificaciones a las indicaciones ingresadas, entre ellas, una nueva rebaja de la carga tributaria máxima que pagaría la gran minería, pasando de 48% a 47%.

Ese nivel todavía era considerado alto por los senadores del bloque opositor y por ello se fueron al receso legislativo sin votar este aspecto. Así, con el propósito de destrabar esta propuesta debido a la necesidad de ir cerrando temas impositivos, en la sesión de este lunes Hacienda presentó una nueva propuesta que fue acordada por la oposición. Se trata de una nueva carga tributaria potencial máximo diferenciada: de 46,5% sobre la renta imponible operacional minera ajustada (RIOMA) para aquellas mineras que produzcan más de 80 mil toneladas métricas de cobre fino (TMCF); y de 45,5% para las empresas que produzcan entre 50 mil y 80 mil TMCF.

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Con esta tercera modificación, Hacienda logró el acuerdo con la centro derecha y aseguró el avance del proyecto tanto en la Comisión como en la sala del Senado. “Considerando los planteamientos que se hicieron en la primera parte de la reunión, estaríamos en condiciones de proponer entonces que, en el caso del tope de carga tributaria, además del cambio en la base que ya habíamos conversado anteriormente, el tope quedaría en 46,5% para los explotadores con producciones mayores a 80.000 toneladas métricas de cobre fino al año y de 45,5% para los que estén entre 50 mil y 80 mil”, explicó el ministro Marcel tras las últimas conversaciones con la oposición sobre el tema.

Este límite considera el conjunto de pagos tributarios que realiza la industria, donde se suman el royalty, el impuesto de primera categoría y los impuestos finales (adicional). Si el total de los gravámenes supera el máximo establecido por ley, será el royalty el componente que se ajuste hasta cumplir con el tope.

COMISIONES SENADO: 20 de Diciembre 2022
Vista general de la Comisión de Hacienda del Senado.

Desde Hacienda afirmaron que las nuevas indicaciones precisarán la forma de aplicación de dicha carga potencial máxima y especificarán con mayor detalle los criterios con que se distribuirán los recursos del Fondo para Comunas Mineras (por US$ 55 millones), uno de los tres fondos que crea esta ley para distribuir entre Gobiernos Regionales y Municipios del país. “Se nos planteó la posibilidad de ser más explícitos en cuanto a que esa distribución dependa del número de yacimientos mineros, la identificación de áreas saturadas, la existencia de planes de descontaminación; o sea, de indicadores que, de alguna manera, reflejan más directamente las externalidades a las cuales estamos tratando de responder con este aporte”, explicó el ministro Marcel.

Rodrigo Galilea, senador RN afirmó que “con estos cambios estamos aprobando el proyecto. El ministro ha expuesto los consensos que hemos llegado en temas de techo, tramos, sobre qué base y criterios para las comunas mineras”.

En el oficialismo, el senador PC, Daniel Núñez, espera que el trámite se acelere para que “tengamos royalty lo antes posible”. Además criticó el comportamiento que tuvo en la sesión el senador del partido Republicano, Rojo Edwards quien irrumpió en la discusión señalando que este proyecto sería inconstitucional. “Tenemos que hacer todos los esfuerzos posibles para que este proyecto se vote el miércoles en la sala del Senado y que sea aprobado. Desde punto de vista estoy disponible para buscar fórmulas que aceleran la aprobación velando porque se mantengan los pilares de la recaudación”, aseveró.

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La minería en el Salar de Surire. Foto: Fundación Relaves

De hecho, este martes la Comisión de Hacienda del Senado continuará con la votación en particular. Una vez votado el articulado, la iniciativa pasará a discusión a la Sala de la Cámara Alta, lo que se espera sea el miércoles.

Eso es refrendado por el presidente de la Comisión de Hacienda, Ricardo Lagos Weber (PPD): “El acuerdo está firme, no debería cambiar. El acuerdo que tenemos hoy día es que mañana (martes) el gobierno presenta las indicaciones y luego seguimos votando el proyecto. Se abre plazo para ingresar las indicaciones y luego en la comisión la ratificamos para que el miércoles en la tarde se vote en la sala del Senado”.

Los otros avances

Pero no sólo ese fue el avance, sino que también los senadores aprobaron por cuatro votos a favor y una abstención (Juan Antonio Coloma) el impuesto ad valorem de 1% para aquellos explotadores mineros cuyas ventas superen las 50 mil toneladas métricas de cobre fino, excluyendo a la medina minería y en línea con otras jurisdicciones mineras como South Australia y Queensland (Australia), Indonesia, British Columbia (Canadá), China y Brasil. En los casos en que la empresa tenga un resultado operacional negativo (RIOMA negativa), no procederá el pago de este componente.

También se aprobó, de forma unánime, el artículo que regula el componente del impuesto específico sobre el margen minero para aquellos explotadores mineros cuyas ventas provengan en más de un 50% de cobre y posean ventas por más del equivalente a 50 mil de TMCF. Se establece un esquema de tasas de 8% a 26% en función del Margen Operacional Minero (MOM) y se considerará la depreciación y los gastos de puesta en marcha en el cálculo de los costos, lo que compatibiliza de buena manera el aumento en la captura de rentas por parte del Estado con los incentivos a seguir invirtiendo y desarrollando el sector.

Otros artículos aprobados se relacionan con las tasas aplicables a aquellas empresas cuyas ventas sean inferiores a 50 mil TMCF régimen que se mantiene respecto al actual; con las consideraciones para la aplicación o no del royalty a las compañías mineras que fija como criterio de ventas el promedio de los últimos seis ejercicios comerciales; y con las reglas para la determinación de la Renta Imponible Operacional Minera Ajustada (RIOMA).

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