Tal como se esperaba, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) no cedió y nuevamente validó el acuerdo que la Fiscalía Nacional Económica (FNE) alcanzó con la china Tianqi, para que esta adquiera el 24% de las acciones de SQM que hoy están en manos de Nutrien, haciendo que la operación cada vez esté más próxima de concretarse.
Lo anterior, luego que rechazara por "improcedentes" los cuatro recursos de reposición presentados por Pampa Calichera (ligada a Julio Ponce), SQM, Conadecus y el empresario Manuel Cruzat, en contra de la aprobación del mencionado pacto, que pone restricciones al acceso de información comercial sensible que los directores de Tianqi tendrían cómo representantes en la minería no metálica.
"Al aprobar un acuerdo extrajudicial el Tribunal no ejerce una función de revisión judicial y, en ese entendido, su análisis no tiene por objeto examinar los hechos que dieron lugar a la suscripción del mismo", señaló en su veredicto el TDLC validando a la vez la existencia de acuerdos alcanzadas por la FNE con el fin de resguardar la libre competencia.
En ese sentido, el TDLC también explicó que no puede modificar el acuerdo extrajudicial que se sometió a su examen y que por ello, solo puede aceptarlo o rechazarlo.
Pese a lo anterior, puntualizó que la aprobación del acuerdo, "no impide que terceros con interés legítimo, que estimaren que los hechos sobre los que versa este acuerdo afectan la libre competencia, puedan presentar las acciones que en su concepto procedan".
Así las cosas, ahora la canadiense Nutrien está con el camino despejado para inscribir en la Bolsa de Santiago el remate de las acciones que mantiene en SQM, por lo que se espera que la transacción se concrete a fines de este año.
"Legalmente hoy no tienen ninguna restricción para materializar el remate de las acciones. Sólo podrían verse impedidos de hacerlo si es que alguien presenta una consulta o una demanda ante el TDLC y solicita la suspensión de la operación o una medida cautelar mientras el Tribunal resuelve y el Tribunal concediera esto último", explicó un abogado de la plaza.
Asimismo, a través de un comunicado, la FNE destacó que "esta resolución, sumada a la decisión de inadmisibilidad del Excelentísimo Tribunal Constitucional, confirman que la facultad de la FNE para suscribir acuerdos extrajudiciales constituye una herramienta eficaz para cautelar preventivamente la competencia en los mercados".
Reacciones
Tras conocerse la resolución, la china Tianqi fue la primera en pronunciarse, manifestando su satisfacción frente al hecho.
" Esta decisión es una señal sólida por parte de las instituciones de libre competencia en Chile respecto a la seriedad de las medidas y compromisos establecidos en dicho acuerdo. Tianqi manifiesta que ingresará a SQM con un espíritu constructivo, buscando maximizar el valor y los beneficios para todos los accionistas de la compañía", esgrimió, añadiendo que con esto espera cerrar la transacción en los tiempos originalmente previstos.
Cristián Reyes, abogado del Estudio Bravo, que representa a Conadecus en la causa, señaló en tanto que, la decisión del TDLC era esperable, dado a que el recurso de reposición es revisado por el mismo Tribunal que dictó la resolución aprobando el acuerdo suscrito entre la Fiscalía y Tianqi.
"No estamos de acuerdo y lamentamos dicha resolución, porque no se condice con la historia de la ley que estableció esta facultad de la FNE, ni con el debido control que le corresponde al Tribunal en esta materia", indicó.
Ahora, solo queda esperar que cualquiera de las partes, o un tercero, inicie un asunto contencioso o no contencioso, dependiendo de si se quiere presentar una demanda o una consulta ante el TDLC respecto de esta operación. Trascendió que Ponce estaría evaluando activar demandas de este tipo e incluso llegar a la justicia de EEUU o China.