Este martes, la sala del Senado aprobó de forma unánime el proyecto de Conciliación de la Vida Personal, Familiar y Laboral que busca entrega derechos laborales a mujeres y hombres con responsabilidades de cuidado, promoviendo así la corresponsabilidad. Así, da luz verde para que este avance en su tramitación a la Cámara de Diputados.
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Asimismo, el proyecto se enfoca en el “principio de protección a la maternidad y paternidad, promoviendo la igualdad de oportunidades y de trato entre las mujeres y los hombres, buscando preservar tanto la salud y bienestar de los niños y niñas, como el de sus progenitores y progenitoras”, señalan desde el Gobierno.
El subsecretario del Trabajo, Giorgio Boccardo valoró el respaldo de los senadores señalando que “la superación de la desigualdad de género del mercado del trabajo es una tarea compleja, que requiere de una batería integral de medidas, debido a que las labores de cuidado acompañan e interceptan las trayectorias laborales de las y los trabajadores a lo largo de sus vidas, requiriendo de diversas políticas para no tener que interrumpir sus trabajos, entrando y saliendo del mercado remunerado. Por ello es relevante este paso en el Congreso, pues nos acerca a alcanzar una efectiva conciliación de la vida laboral, personal y familiar”.
Por su parte, la la ministra de la Mujer y Equidad de Género, Antonia Orellana, destacó que el proyecto “nace gracias al trabajo desplegado por el Ministerio del Trabajo y el Ministerio de la Mujer en poder conectar esos distintos puntos de vista, los de las madres, los de los empleadores, los de las organizaciones de trabajadores, los de la OIT, que nos ha apoyado en todo este proceso que busca permitir el teletrabajo y el trabajo híbrido con seguridad laboral, con una supervigilancia por parte de las instituciones fiscalizadoras, a fin de disminuir los riesgos psicolaborales, particularmente, y de proveerle los insumos que requieran para el ejercicio de su labor”.
La iniciativa contempla, entre otras cosas, otorgar a los trabajadores que tienen al cuidado a un niño o niña menor de catorce años o adolescente menor de 18 años con discapacidad o en situación de dependencia el derecho y regulación del teletrabajo, y prioridad al momento de otorgar feriados o vacaciones.
Además, “se regirá por los principios de parentalidad positiva, corresponsabilidad social y protección a la maternidad y paternidad. Estos deberán aplicarse en concordancia con las responsabilidades y facultades de administración que se reconoce al empleador, en el pleno ejercicio de las facultades de administración y de organización de la actividad productiva del emperador”, señala el proyecto.
De pasar todos sus trámites legislativos, la ley entrará en vigencia 30 días después de su publicación en el Diario Oficial.