Este lunes se concretó lo que gran parte del mundo de las financieras tecnológicas (FinTech) en Chile esperaba.
Esto, pues la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) publicó el denominado white paper sobre el crowdfunding o financiamiento colectivo, que en términos simples entrega una propuesta para regular esta actividad económica que ha venido creciendo en los últimos años.
La CMF busca incluir dentro de su perímetro regulatorio cinco tipos de entidades que prestan servicios financieros ligados al crowdfunding: las plataformas de crowdfunding; los robo-advisors y scorings, bajo la figura de asesores financieros; enrutadores o canalizadores de órdenes de compra venta o de pago; plataformas transaccionales, conocidos como sistemas alternativos de transacción o ATS; y aquellas entidades que presten servicios como depósitos y custodios de instrumentos financieros.
Sobre las plataformas, se propone que la regulación deberá exigirles que provean de la información necesaria a quienes participen para que puedan efectuar adecuadamente su evaluación y que esa información sea fidedigna, completa, imparcial y provista en un estándar común.
En el caso de los asesores financieros, se recomienda establecer obligaciones de información con el fin de que sea el propio cliente el que pueda ponderar cuán condicionado está el juicio de quien está emitiendo la opinión, junto con prohibir ciertas actividades en que surjan conflictos de interés o compromiso de la independencia de juicio cuando con la información no sea suficiente para la mejor protección del cliente. Además, precisa el documento, sería necesario exigir una acreditación de conocimientos e idoneidad para quienes prestan estos servicios.
Para los canalizadores de órdenes de compra o de pago, se sugiere que cumplan con ciertos requisitos de gestión de riesgo operativo, con el fin de evitar que afecten a sus clientes con sus acciones u omisiones. Y también que se fijen garantías mínimas, para resguardar que tengan los recursos necesarios para reparar potenciales daños si es que fallan los requisitos previos.
En lo que respecta a los sistemas alternativos de transacción, el regulador propone establecer exigencias sobre gestión de riesgos, en especial en materia de continuidad operacional, y que se requiera que sus servicios estén disponibles hasta por un plazo razonable que permita a los agentes del mercado trasladarse a otro proveedor en caso que el primero decida terminar su operación.
En tanto, para los custodios el white paper señala que deberían contar con exigencias de gestión de riesgos, garantías y de capital mínimo que permitan tener una infraestructura adecuada para la correcta prestación del servicio, junto con desincentivar la prestación temporal de este servicio con la sola finalidad de cometer fraudes.
Condiciones adicionales
Considerando que la industria de crowdfunding desarrolla servicios que cumplen la misma finalidad y presentan similares problemáticas que el mercado de valores, remarca la CMF, es razonable que una eventual regulación incluya la incorporación de quienes prestan los nuevos servicios regulados al perímetro de regulación y fiscalización del organismo. Para ello, recomienda que estas personas o entidades formen parte de un registro público, cuyas condiciones de inscripción dependerán del tipo de exigencias que se fijarán para el servicio en particular.
El organismo liderado por Joaquín Cortez también propuso establecer algunas condiciones adicionales. Entre ellas, obligar a las sociedades anónimas que alcanzan cierto número de accionistas a inscribirse en el Registro de Valores de la CMF.
Otras obligaciones propuestas apuntan a transformar la sociedad por acciones en sociedad anónima si se alcanza cierto número de accionistas, emitir los títulos de deuda que se ofrecerán públicamente mediante contratos de emisión y formalidades establecidas por ley, así como también transar diariamente en bolsas de valores acciones de sociedades que no estén inscritas en el Registro de Valores.